19 de octubre de 2010

LOGISTICA INVERSA 2

1. Con sus palabras explique qué significado entiende de cada una de las actividades de la logística inversa.
RTA/
*Retirada de mercancía: es cuando se retiran las mercancías de un lugar determinado!
* Clasificación de mercadería: se clasifica la mercancía dependiendo su clase.
* Reacondicionamiento de productos: Es distribuir en otro punto la mercancía para tener mejores ventas.
* Devolución a orígenes: devolver la mercancía de un reacondicionamiento a su origen!
* Destrucción: Es cuando la mercancía ya no nos sirve y la destruimos
* Procesos administrativos: es cumplir con todos los pasos del proceso administrativo.
* Recuperación, reciclaje de envases y embalajes y residuos peligrosos : es el reciclaje de los productos que no son utilizados.
2. Explique con sus palabras los elementos de dirección de la logística inversa.
Son 10 los elementos:
*filtrado de entrada: busca controlar y revisar la mercancía defectuosa.
*ciclos de tiempo: Es difícil decidir cuanto tiempo se hace la devolución. Se hace un tratado y se establece que se va ha hacer con la mercancía ( reventa, reparación, eliminación). Se recompensaría al personal que consiga que este producto salga ene l menor tiempo posibles.
*sistemas de información de la logística inversa: no hay algún software diseñado específicamente para esta labor. Se cambiara por uno que ya exista haciéndole pequeñas modificaciones.
*centros de devoluciones centralizados: son instalaciones dedicadas a manejar devoluciones rápida y eficazmente. En este sitio los productos serán ordenados y devueltos a su sitio correspondiente, últimamente estas han incrementado.
*devoluciones “CERO”: el proveedor comunica a sus clientes que no se aceptan devoluciones. En lugar de esto el proveedor facilita a su cliente un descuento sobre la factura.
*Reparación y reforma: hay 4: reparación, reforma, uso parcial, reciclaje. Las 2 primeras se acondicionan nuevamente, y parcial solo se utilizan las partes aun funcionales.
* Recuperación de bienes: Son los productos excedentes, caducada, obsoleta, desechos. De manera que aumente el beneficio y disminuya los costos. El objetivo principal será recuperar costo y reciclaje.se puede reconstruir, vender, re-empacar.
*Negociación: al salir el producto el precio es en base a ciertos puntos de marketing, pero al ser devuelto estos serán más flexibles.
*Dirección financiera: afecta en cierto modo la contabilidad, pero igual los productos que son devueltos se les hace un descuento por imperfección o mal estado del producto. Ya caduca y la mercancía se puede perder un 100% con esto se recupera algo por lo menos el costo.
* “Out sourcing” : son firmas que se encargan en gran parte de este proceso de la logística inversa, pero no quiere decir que sea 100% responsable.
3. En el punto 7 se describe el desarrollo de unas estrategias, con un ejemplo de una empresa (la que usted desee tomar de ejemplo) realice una a una las preguntas que en este punto se plantean.
<> cuales son sus prioridades?
*¿Por qué tengo la necesidad de implementar este tipo de logística en mi empresa? / Porque ayuda ami empresa a reducir costos y al medio ambiente enormemente.
* ¿Es por razones medioambientales? /si en parte, ya que en verdad me preocupa el medio ambiente también es por el dinero si reduzco costos mayor será mi ganancia.
*¿Un servicio mejor al cliente? / si, ya que si el cliente no se siente a gusto con el producto lo podrá devolver y si es por algún daño este se podrá reparar y vender un poco más económico, siento esto de gran utilidad ya que se recupera algo de esto.
*¿Razones económicas? / si, si se puede reutilizar o arreglar algo determinado para una mayor ganancia es lo más lógico que se hará.
<> que recursos vas a implementar?
*¿Cuánto tiempo estás dispuesto a emplear para dirigir el programa adecuadamente? /en realidad no lo se con exactitud, pero creería que bastante.
* Qué parte o porción del presupuesto de la empresa emplearás? / pues, creo que será muy poco a comparación de lo que me voy a ahorrar con este método.
* Cuáles serán los recursos humanos para tal fin? / la mano de obra, teniendo ya la materia prima, hablando con los demás integrantes de la empresa para que también colabores.
*La logística inversa será un ejercicio táctico o por el contrario una estrategia auténtica? / será un ejercicio táctico.
*¿Cuál sería un nivel aceptable de beneficios sobre la inversión previa? / seria mucha, pues es aceptables la cantidad, ya que se invierte poco y gana mucho, no solo nosotros como empresa sino la tierra como medio ambiente.
* Quién se encargará de dirigir y supervisar el proceso? / será alguien que no solo le interese el dinero también el medio ambiente para hacer la labor mas eficaz y agradable facilitando su desempeño.
* qué parte del proceso realizarán estos terceros? / inicialmente la organización de la mercancía devuelta y los inventarios.
<> como te comunicaras con los clientes?
* Cuando un cliente llame para exigir una devolución, ¿Con quién tratará directamente?, ¿Establecerás un centro de llamadas interno en tu empresa ó contratarás a terceras?, ¿Enviarás en algún momento tus clientes al fabricante para gestionar la devolución?
/ si tendría una línea para que los clientes hablen y despejen todas sus dudas acerca de las devoluciones, tratarían con alguien que este especializado y capacitado en atención al cliente. dependiendo el tipo de mercancía enviaría al cliente a solucionar directamente con los proveedores.
* Tanto si implementas este servicio en tu propia empresa como si lo contratas fuera necesitarás tanto una política como unos procedimientos muy claros y bien definidos, así como los textos o guiones necesarios para que el personal del centro de llamadas los usen adecuadamente. ¿Quién se encargará de desarrollar estas herramientas?
/ se harán por las principales de la empresa, presidente, gerente, basándose con la ayuda de un profesional en el tema.
<>Existen empresas que incluyen instrucciones detalladas de empaquetado y etiquetado pre impresas. ¿Se elaborarán en tu empresa?
/ si se me facilitaría una gran y larga labor, aparte de la mercancía se conservaría mas fácilmente.
<>¿Facilitarás estas instrucciones con cada pedido, ó mediante fax, e-mail... etc. Una vez que el cliente desee devolver algo?
/ si lo haría, pues variaría la manera de hacerlo por la cual me salga mas económica.
<> Cómo tratarás y comunicarás los gastos de envío?/ los gastos se comunicaran cuando el cliente llame o se dirija a la devolución, y se especificara con que trasportista el peso y demás de lamercancia

La logística inversa

1.¿Cuál es la diferencia entre logística y logística inversa?
Rta / la logística se encarga de proceso de proyectar, implementar y controlar un flujo de materia prima, inventario en proceso, productos terminados e información relacionada desde el punto de origen hasta el punto de consumo de una forma eficiente y lo más económica posible con el propósito de cumplir con los requerimientos del cliente final.
Y la logística inversa se encarga de lo mismo pero desde el punto de consumo hasta el punto de origen.

2. ¿Qué es logística inversa?
Rta/ la logística inversa es la que se encarga del proceso de la materia prima , inventario en proceso , producto determinado e información relacionada desde el punto de consumo hasta el punto de origen siendo eficiente y lo mas económica posible.
3. ¿Para qué se utiliza la logística inversa?
Rta/ implementar y controlar un flujo de atería prima, inventarios, productos terminados hasta llegar a su punto final, implica devoluciones.-
4. ¿De qué se encarga la logística inversa?
Rta/ se encarga de de la recuperación y reciclaje de envases, devoluciones de clientes, se dice el fin del produco para darle mayor comercio en el mercado.
5. ¿A que obliga la logística inversa?
Rta/ obligan o lo van a hacer próximamente al reciclado o recuperación de recursos, envases, embalajes y demás, proporcionando mas transporte, almacenaje y distribución.
6. ¿Qué busca en los próximos años con esto? Explique con sus palabras.
Rta/ busca hacer una revolución en el mundo empresarial, y quizás se convertirá en uno de los negocios con mayor crecimiento en el tercer milenio.
7. ¿Cuáles son los tres vectores de impulso de la logística inversa y explíquelos?
Rta/
*Consideraciones de costo beneficio: mejores productos con un costo menor, recuperación de material, y uso del reciclaje.
* Requerimientos legales: los productos deben tener protección ala salud y al ambiente, con un costo adecuado al procedimiento de residuos.
* Responsabilidad social: por lo general no son impulsados por el gobierno, buscan productos mas seguros y ambientalmente amigables.
8.Explique cada una de las causas que generan la necesidad de una logística inversa.
Rta/
*mercancía en estado defectuoso: es para la mercancía que no esta completamente dañada y aun tiene uso.
*retorno de exceso de inventario: vuelve lo sobrante de un inventario; para no tener perdidas.
*devoluciones de clientes: cuando los clientes están inconformes con el producto o no lo necesitan el producto.
*productos obsoletos: son productos que no han tenido mucho uso y con algunos arreglos serian mas usados.
* inventarios estacionales: son aquellos que están sin uso, guardados en una bodega como apoyo.
9. Explique los procesos de la logística inversa.
Rta/ son cinco.
· Procuración y compras: son la adquisición de materia primas, materiales, componentes que sean amigables con el medio ambiente.

· Reducción del consumo vírgenes: valorar reutilización de productos , preferir materiales reciclables. Impulsando el retorno de materiales.

· Reciclado: es necesario hacer este tipo de políticas, respetando las políticas de desempeño, explorar innovaciones tecnológicas que permiten utilizar materiales reciclados.

· Sustitución de materiales: debe impulsar el proceso de materiales, como en casos de automotriz donde el plástico sustituye al vidrio, y hierro.

· Gestión de residuos: el hecho de manejar y utilizarlo no debe darnos cosa por los costos, pues son muy bajos y rentables. Si las exigencias no son lo suficientemente buenas, será subirán los costos.

10. Con sus palabras haga un breve comentario de la lectura.

Rta/ bueno, la logística inversa es algo nuevo que es muy bueno, tiene como fin hacer el regreso de mercancías, es lo contrario de la logística normal, pues en la normal todo sigue un orden especifico punto origen- cliente, i el de la logística inversa va desde cliente – punto de origen. Es una actividad muy buena y hasta el momento ha tenido una excelente adaptación a pesar de llevar tan poco tiempo en el mercado. La logística busca que la empresa se beneficie reduciendo costos y ayudando al medio ambiente, pues entre mas se recicle mejor.

La Logística enfocada al buen funcionamiento de la organización

1. ¿Porque es importante la logística hoy en día?

Rta/ es uno de los asuntos mas importantes del medio empresarial, ya que estas crean estas areas para su tratamiento, buscando ser la numero uno.

2. ¿Cómo se manejaba la logística anteriormente?
Rta/ Era ener el producto justo en el tiempo y lugar justo al menor precio posible, hoy en dia son todo un proceso.
3. ¿Cómo se puede definir la logística?
Rta/ Se podría decir que su principal fin es distribuir eficientemente los productor de una determinada empresa con u costo menor y un excelente servicio al cliente.
4. ¿Qué se busca obtener con la logística?
Rta/ busca hacer estrategias que nos permitan tener: movimiento, almacenamiento de productos, control de inventarios, flujo de información de asociado, para que la empresa tenga mayor rentabilidad.

5. ¿Qué determina y coordina la logística?

Rta/ determina y coordina en forma optima el producto correcto, el cliente correcto, el lugar y tiempo correcto. Buscara satisfacer la demanda. A partir de una serie de estudios es posible hallar el punto de partida para el logro del resultado final. Que es atender satisfactoriamente el mercado de la demanda en costo y efectividad.

6. ¿En sus palabras y según el texto que es la logística?
Rta/ es el encargado de que todo lo relacionado con el fin de un producto, desde su procedimiento, almacenamiento, y venta, con el fin de que el cliente quede satisfecho y complacido.


7. ¿Cuáles son las actividades de la logística?

Rta/ son cuatro (4)

· Servicio al cliente.
· Transporte.
· Gestión de Inventarios.
· Procesamiento de pedidos.
8. ¿Qué se logra con estas actividades?

Rta/ satisfacer la necesidad del cliente y a la empresa la reducción de costos, que es ´por lo cual la empresa se enfoca en la logística.

9. ¿Cuáles son los factores de la logística y que beneficios se logran de estos?

Rta/
· Aumento en líneas de producción.
· La eficiencia en producción, alcanzar niveles altos.
· La cadena de distribución quiere mantener cada vez menos inventarios.
· Desarrollo de sistemas de información.
· Estrategias de JIT.
Todo esto en conjunto traerá los siguientes beneficios:
· Incrementar la competitividad y mejorar la rentabilidad de las empresas para acometer el reto de la globalización.
· Optimizar la gerencia y la gestión logística comercial nacional e internacional.
· Coordinación óptima de todos los factores que influyen en la decisión de compra: calidad, confiabilidad, precio, empaque, distribución, protección, servicio.
· Ampliación de la visión Gerencial para convertir a la logística en un modelo, un marco, un mecanismo de planificación de las actividades internas y externas de la empresa.
· La definición tradicional de logística afirma que el producto adquiere su valor cuando el cliente lo recibe en el tiempo y en la forma adecuada, al menor costo posible.



10. ¿Explique los aspectos que intervienen en el servicio al cliente?
Rta/
* Grado de certeza: No es tan necesario llegar rápido con el transporte, como llegar con certeza, con el mínimo rango de variación.
* Grado de confiabilidad: Una cadena se conforma de diferentes eslabones. Eso es una cadena logística. Si se agregan algunos que no están relacionados, se segmentan las responsabilidades; el cliente final pierde la confianza, al parecer mayores errores de interpretación y responsables difusamente identificables. El cliente debe poder manifestar cuál es su criterio de confiabilidad, cómo entiende que deberían ser atendidos. * Grado de flexibilidad: Implica que el prestador pueda adaptarse eficientemente a los picos de demanda. Un operador logístico que considera excesivo la solicitud de eficiencia cuando se da un salto por estacionalidad, desconoce qué es valor para su cliente.
* Aspectos cualitativos: Se trata aquí, no de la calidad del producto, sino del servicio, del cual debe buscarse su homogeneidad en toda la cadena logística. En muchos casos, se cuida minuciosamente el proceso productivo, se diseña con cuidado el packaging (empaquetado), se llega hasta decir cómo debe transportarse y almacenar en el depósito. Pero son pocas las empresas que cuidan de cómo llegarán hasta el cliente esos productos. * La mejora continua: Día a día deben replantearse los parámetros que se manifiesten mal, de acuerdo a los objetivos pensados, pero también aquellos que están bien. Es mucho más saludable cuestionar internamente lo que aparentemente resulta bien, a que lo haga el mercado. La mejora de las variables logísticas se debe entender como una exigencia.

23 de agosto de 2010

conceptos logisticos 2

CONCEPTOS LOGISTICOS!
* Ajuste fiscal en frontera: sistema de adaptación de los impuestos que gravan un producto objeto de operaciones de comercio exterior. Consiste en la exención o desgravación a los bienes exportados de los impuestos con que se les grava cuando se destinan al consumo interior; y en sentido inverso, en la imposición a los productos importados de gravámenes similares a los correspondientes al consumo interior de los productos nacionales.

*ALCA : Área de Libre Comercio de las Américas
*Almacén libre de impuesto (Duty Free Shops): Régimen mediante el cual se autoriza a los establecimientos ubicados en las zonas primarias de las aduanas localizadas en los puertos o aeropuertos internacionales, a depositar determinadas mercancías nacionales y extranjeras, exclusivamente para ser expedidas a aquellas personas que están en tránsito en el país o que vayan a entrar o salir del mismo, en calidad de pasajeros
*Andino, pacto: Unión aduanera establecida por el Acuerdo de Cartagena entre Chile, Perú, Colombia, Bolivia y Ecuador en 1969. En 1973 se adhirió Venezuela y en 1976 se salió Chile. El objetivo fué el libre comercio en la zona, el establecimiento de un arancel exterior común y el desarrollo y la racionalización de industrias específicas sobre una idea regional.

*Antidumping, derechos: Tipo de derecho arancelario introducido para neutralizar el dumping practicado por un país extranjero, en el mercado nacional. El GATT ha establecido unas reglas que han de regir la utilización de este mecanismo compensatorio, cuya base son los artículos 6 y 16 del propio GATT.

*Arancel de aduanas : Instrumento legal que comprende la nomenclatura para la clasificación oficial de las mercancías susceptibles de ser importadas al territorio nacional o exportadas del mismo o sometidas a otros regímenes aduaneros, así como los gravámenes aplicables a las mismas y las restricciones u otros requisitos que deben ser cumplidos con motivo de la operaciones aduaneras.
*Arancel externo común de la CEE : Arancel adoptado por la CEE para sus relaciones comerciales con el resto del mundo. Fue establecido a un nivel igual a la media aritmética de los aranceles entonces en vigor para cada producto en los cuatro territorios aduaneros de la Comunidad. Sucesivamente, en el seno del GATT han dejado el nivel medio arancelario más reducido. Las adhesión a la CEE conlleva la adopción del AEC.

*Arancel optimo: Arancel que permite alcanzar, al país que lo impone, la curva de indiferencia social más alejada del origen. O más genéricamente, aquel vector de aranceles tal que maximiza la función objetivo social sujeta a las restricciones pertinentes (tecnológicas y dotaciones).

*Arancelaria, partida: Epígrafe del arancel de aduanas que designa, bien una mercancía determinadqa, o bien una de mercancías afines. A las del primer tipo se les llama partidas específicas y a las del segundo, genéricas o residuales.

*Arrumaje: Distribución o colocación de la carga de una embarcación. Extensible, también, a la distribución o colocación de las mercancías en almacenes, depósitos, etc.
*Autoliquidación: Es la operación mediante la cual, el consignatario, efectúa la liquidación de los gravámenes y demás derechos causados con ocasión de la introducción de las mercancías, para el momento de la aceptación o declaración de éstas últimas.
*Autorización de cambio: Documento que permite al importador canjear moneda de su país por divisas para pagar al exportador
*Bultos sobrantes: Son aquellas mercancías que, una vez terminada la confrontación general de los cargamentos, aparecen de más, sobre las anotadas en el Manifiesto de Carga.

*Bultos faltantes: Son aquellas mercancías que, una vez terminada la confrontación general de los cargamentos, no aparecen en los arrumajes de los almacenes, pero si figuran en el Manifiesto de Carga o sobordo respectivo
*Bultos en retorno: Bultos traídos al puerto o aeropuerto de destino, por haber faltado en la descarga del vehículo donde fueron manifestados originalmente
*Bultos postales: Forma utilizada internacionalmente para el intercambio recíproco de mercancías o efectos sujetos al pago de impuestos aduaneros, con intervención del correo, ya sea por vía marítima, aérea o terrestre
*Bonos de prenda: Documentos expedidos por los almacenes generales de depósito, a los fines de acreditar la constitución de garantía prendaria sobre las mercancías bajo su guarda.

*Cabotaje: Tráfico marítimo, fluvial, lacustre y aéreo de mercancías y equipajes nacionales o nacionalizados, entre diversos lugares del territorio nacional.
*Carga consolidada : Carga en forma agrupada, que es transportada bajo nombre y responsabilidad de un operador de transporte, distinto del porteador (consolidador) en el vehículo de éste, destinada a uno o más consignatarios finales.

*Carga Courier :Operación mediante la cual una Empresa Operadora de Mensajería Internacional "Courier" traslada carga agrupada, bajo su propio nombre y responsabilidad destinadas a terceras personas por cualquier medio de transporte, propio contratado o mediante Mensajero a Bordo.
*Carta de crédito : Documento emitido por un banco y obtenido por el importador, en el que se autoriza a otro banco a abonar al exportador una suma específica de dinero, cuando el banco haya recibido el documento en que se garantiza que se han cumplido las condiciones estipuladas en la carta de crédito. Ejemplo: condiciones de venta, packing, fecha de envío, etc.

*Causación: De acuerdo a la legislación venezolana cuando se trate de importación, las mercancías causarán el impuesto y estarán sometidas al régimen aduanero vigente para la fecha de su llegada a la zona primaria de cualquier aduana nacional habilitada para la respectiva operación. Cuando se trate de exportación, se aplicará el impuesto y el régimen aduanero vigente para la fecha de recibo de la declaración formulada ante la oficina aduanera por el exportador. En caso mercancías que se encuentren en zonas, puertos o almacenes libres o francos o almacenes aduaneros (in bond), y vayan a ser destinadas a uso o consumo en el territorio aduanero nacional, se aplicará el impuesto y el régimen aduanero vigente para la fecha del registro de la declaración formulada ante la oficina aduanera

18 de agosto de 2010

transacciones comerciales!

TRANSACCIONES COMERCIALES
1.¿Que son transacciones comerciales?

Se entiende por transacción comercial todo acto que implique la adquisición de bienes o servicios de forma onerosa con destino a enajenarlo en igual forma, dicho de otra forma, una transacción comercial es todo aquello que ocurre cuando hay un intercambio financiero correspondiente a la compra o venta de un bien o servicio.
2. ¿Que son transacciones permutativas?
son aquellos hechos contables que no afectan el capital de la empresa y sólo constituyen cambios de valores dentro de la igualdad patrimonial. Es el caso cuando se adquieren bienes al contado; por ejemplo, mobiliario; aquí ocurre una disminución del activo "Efectivo" y un aumento del activo "Mobiliario", sin afectar el valor del capital. A este hecho contable se le puede denominar transacción permutativa dentro de un mismo elemento, puesto que los cambios se sucedieron dentro del activo mismo.
3. ¿Qué es falta de entrega, avería, Saqueo y recargos?
FALTA DE ENTREGA: Cuando se resuelve la compraventa por falta de entrega, el vendedor debe reembolsar al comprador los tributos y gastos del contrato que hubiera pagado e indemnizarle los daños y perjuicios.
AVERIA: La avería, o derecho de avería, era un impuesto de valor sobre el comercio colonial de los siglos XVI y XVII en España; se imponía sobre los mercaderes o las mercancías. Asimismo, incluía a los pasajeros que pasaban a Indias.Los ingresos generados servían para financiar las armadas que protegían a las flotas comerciales que cubrían el circuito entre Indias y la metrópoli, expuestas con bastante frecuencia a los ataques de piratas y bucaneros o a las potencias extranjeras en guerra con España. Se comenzó cobrando el 2,5% sobre el valor de las mercancías, aunque el porcentaje no dejaría de crecer desde 1587, con el aumento de las amenazas de los piratas ingleses; en ocasiones se llegó al 30%.
SAQUEO: El saqueo, también llamado pillaje, es la posesión indiscriminada de bienes ajenos por la fuerza como parte de una victoria política o militar, o bien, en el transcurso de una catástrofe o tumulto, como una guerra o un desastre natural.
RECARGOS: Cantidad de dinero que se aumenta al pago de un impuesto, cuota o deuda, generalmente por retrasarse en el pago (o por otros motivos): las multas o los impuestos tienen un recargo de un tanto por ciento después del plazo fijado para el pago; las tarifas del servicio de taxi pueden tener un recargo por servicio nocturno o por exceso de equipaje; si compras por correo a través de catálogo debes pagar un recargo adicional por gastos de envío.


4. ¿Que son transacciones permutativas entre un mismo elemento, entre diferentes, elementos?
*Transacciones permutativas entre un mismo elemento: por ejemplo mobiliario; aquí ocurre una disminución del activo "Efectivo" y un aumento del activo "Mobiliario", sin afectar el valor del capital. A este hecho contable se le puede denominar transacción permutativa dentro de un mismo elemento, puesto que los cambios se sucedieron dentro del activo mismo
*Transacciones permutativas entre diferentes elementos : Existen otros hechos permutativos, tales como la adquisición de bienes a crédito; por ejemplo, equipo de oficina; este hecho origina un aumento del activo "Equipo de oficina" y un aumento del pasivo "Cuentas por pagar", sin alterar el valor del capital. A este hecho contable se le denomina transacción permutativa entre diferentes elementos, ya que aquí ocurre un cambio de valor en el activo y el pasivo.
5. ¿Que son transacciones modificativas? y como se dividen, explique cada una.
son aquellos hechos contables que afectan en alguna forma el capital de la empresa. Estos hechos pueden ser de dos tipos: modificativos propios o de origen operacional; y modificativos impropios, originados por el dueño del patrimonio.
* propias provienen de las operaciones regulares realizadas por la empresa; por ejemplo, los ingresos por servicios prestados; esta operación origina un aumento del capital; por lo tanto, es un hecho modificativo propio aumentativo. Por el contrario, todo gasto en que se incurra disminuirá el capital y se tendrá entonces un hecho modificativo propio disminutivo
* Impropias también afectan el capital, pero en este caso son producidas por el propietario del patrimonio de la empresa. Cuando el dueño del negocio hace aportes adicionales se origina una transacción modificativa impropia aumentativa; y, por el contrario, cuando efectúa retiros se origina una transacción modificativa impropia disminutiva.
6. ¿Que son transacciones mixtas?
son aquellas operaciones que originan una permutación de valores y un incremento o disminución de capital, es decir, transacciones que son permutativas y modificativas a la vez; por ejemplo, una venta de mercancía al contado. Esta operación origina un hecho permutativo: disminuye el activo "Mercancías" y aumenta en el activo "Caja", pero si hubo una utilidad en la venta habrá un hecho modificativo aumentativo, aumentará el capital; si, por el, contrarío, hubo pérdida en la venta, habrá un hecho modificativo disminutivo, disminuirá el capital.
7. ¿Qué es transacción mixta aumentativa?
Cuando en la venta de un bien este produce un incremento de capital (o sea que hay ganancia)
8. ¿Qué es transacción mixta disminutiva?
Cuando se realiza una venta de un bien pero en esta venta hay pérdida de capital (se pierde en la venta) -un ejemplo de ello es cuando a final de temporada las tiendas hacen descuentos y, aunque no ganen -a veces en el remate pierden dinero-se deshacen de la mercancía.

4 de agosto de 2010

Embalaje

Taller lectura de embalaje
1.¿Que es embalaje?
Rta/ Es un recipiente que sirve para contener algunas mercancías y al utilizar este se piensa en su manipulación y en su transporte
2. Que funciones cumple el embalaje?
RTA/proteger el contenido, facilitar la manipulación, informar sobre sus condiciones de manejo, requisitos legales, composición, ingredientes, etc. y promocionar el producto por medio de grafismos
3. Que diferencia hay entre envase, embalaje secundario y embalaje terciario?
RTA/
*Envase: es el directamente relacionado con el producto. Ej, una botella.
*Embalaje Secundario: Agrupa varios envases del mismo producto . Ej : canasta de botella
*Embalaje Terciario: Es el que agrupa varios embalajes secundarios , Ej: varias canastas de botellas.
4. Investigue cinco tipos de embalaje secundario
Rta/caja de solapas , bandeja , caja expositora , caja de tapa y fondo , y caja de madera
5. Que son materiales de amortiguamiento y que función cumplen?
RTA/ Son los materiales que protegen al producto de algún choque , una caída ETC
6. Investigue que son zunchos y envolturas de películas extensibles y retractiles.
RTA/
*Zunchos: Elemento hecho a base de cabilla delgada (de 6 mm o un máximo de 9 mm). Puede ser de forma rectangular o triangular. Su función es guiar el armado de cabillas en vigas o columnas.

* envolturas de películas extensibles: La película puede substituir el cartón para empaquetar.es material plástico ambiental amistoso del paquete. No se daña fácilmente y es fuertemente anti explosión, contracción fuerte. puede envolver el buen . y que es altamente transparente. Cuando están utilizados en paquete, podemos ver las mercancías claramente. Es también una buena manera hacer publicidad de sus mercancías. En la misma hora, puede incurrir en pocas equivocaciones en la logística, impermeable, a prueba de polvo, haciendo sus productos hermosos. Es ambiental no tóxico, .

*película retráctil: Para complementar los empaques, hay todo lo necesario para el embalaje final, películas estirables de 3", 5", 18" de uso manual, así como las de maquina automática de 20" y 30". Utilizadas para inmovilizar productos o cajas en un embarque.
7. Cuales la diferencia entre empaques y embalajes de consumo y empaque y embalaje de transporte.
RTA/
*Empaques y embalajes de consumo: El empaque unitario se realiza para la venta detallista cuya finalidad principal es la de darle una buena presentación y una imagen llamativa al producto. Generalmente requiere la aprobación de la cadena de supermercados o distribuidores del producto
* empaque y embalaje de transporte: El transporte es un tema fundamental dentro del proceso de Distribución Física Internacional, DFI. Es a menudo el factor de mayor costo en la cadena de distribución, por tanto la elección apropiada del medio a utilizar es determinante para mantener la competitividad de sus exportaciones. Independientemente del término de negociación utilizado usted debe conocer las opciones, ya sea para orientar a su cliente, ubicar el producto en destino o para realizar el estudio de mercado que le permita conocer a qué costos llegará.
8. Investigue los tres tipos de embalaje señalados en la lectura.
RTA/
*CAJA DE FONDO AUTOMATICO: Caja cuyo fondo está formado por cuatro solapas unidas en grupos de dos mediante puntos de pegado. El envasador la recibe pegada y plegada y para montarla tan sólo tiene que presionar sobre los vértices produciéndose así el encaje de las solapas. El sistema de cierre superior puede realizarse mediante solapas o mediante tapa incorporada
* El box palet es un tipo de embalaje de grandes dimensiones fabricado en cartón ondulado y posteriormente se ha empezado a fabricar en plástico. Su perímetro coincide con el del palet que lo transporta (1200x800, 1200x1000 y 600x800 fundamentalmente), pudiendo así exponerlo en tienda sobre el mismo.

*Bandeja: Recipiente bajo y ancho para la presentación o el transporte de productos. La bandeja constituye un apropiado embalaje de transporte para productos autoportantes (latas, botes, botellas, etc.)
9 Que establece la norma ISO 3394.
RTA/
La Norma ISO 3394en general lo establece son las dimensiones de las cajas máster, de los pallets o plataformas y de las cargas paletizadas, establece que las dimensiones de las bases de las cajas deben corresponder a un módulo de 60 x 40 cm. de Medida externa, y para los pallets, deben corresponder de acuerdo al modal de transporte seleccionado, por ejemplo para vía aérea 120 de largo x 80 cm de ancho para la vía marítima y terrestre 120 de largo x 100 cm de ancho, La altura debe acondicionarse a las dimensiones de los productos comercializados, las medidas de las cajas individuales de los productos exportados deben acondicionarse internamente al módulo estipulado, también se debe tenerse en cuenta la facilidad para acomodar en estanterías y para permitir el desmontado y extracción de productos.En un principio esta Norma fue expedida únicamente para los empaques y embalajes destinados a los productos hortofrutículas frescos, pero desde hace varios años ha sido establecida para toda clase de productos. Cada región tiene estipuladas unas dimensiones normalizadas para las estibas que utilizan.
10. Que es una estiba?
RTA/ Es la técnica de colocar la carga a bordo para ser transportada con un máximo de seguridad para el buque y su tripulación, ocupando el mínimo espacio posible, evitando averías en la misma y reduciendo al mínimo las demoras en el puerto de descarga

30 de julio de 2010

SALUDO OCUPACIONAL 6

SALUD OCUPACIONAL UNA HERRAMIENTA LIGADA A LA PRODUCTIVIDAD DE LA EMPRESA

1. Cuáles son los deberes que establece la ley para un trabajador?
RTA/
*Procurar el cuidado integral de su salud.* Suministrar información veraz sobre su estado de salud.* Velar por el cumplimiento de las obligaciones de los empleadores* Participar en la prevención de riesgos profesionales* Participar en el proceso de elección de sus representantes en el Comité de Salud ocupacional y colaborar con dicho ente

2. Cuáles son las obligaciones que tiene un empleador con sus trabajadores?

RTA/
♥Afiliar a sus trabajadores al Sistema General de Riesgos Profesionales y efectuar cumplidamente el pago total de las cotizaciones.♥Elaborar e implementar el Programa de Salud Ocupacional para la empresa. Esto supone la existencia de recurso humanos, técnicos y financieros que garanticen el cumplimiento de los objetivos y actividades propuestas.♥Tener vigente el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial.♥Constituir y garantizar el funcionamiento del Comité Paritario de Salud Ocupacional o Vigía Ocupacional. Para ello el empleador deberá cada dos años designar su representación y propiciar la elección libre de los representantes de los trabajadores, proporcionándoles el tiempo estipulado para su funcionamiento.♥Notificar a la ARP los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales diagnosticadas e informarle de las novedades laborales de sus trabajadores.
3. Al incumplir con las obligaciones, se estipulan algunas sanciones cuales son estas sanciones?
RTA/
Falta de los incumplimientos de los trabajadores: multas hasta de 500 salarios minimos.
Por falta de reglamentos de prevención multas hasta de 500 salarios minimos
Por falta de información de traslado de trabajo de un empleado, hasta 500 salarios mínimos.
Por no presentación de informes de accidentes o enfermedad profesional, hasta 200 salarios minimos
La empresa que no afilie a los trabajadores a la ARP y S.O






4. Qué Le pasaría a la empresa que no afilie a sus trabajadores al Sistema de Riesgos Profesionales y Ejecute un Programa de Salud Ocupacional?
RTA/
• Ambientes de trabajo inadecuados.• Inexistencia de la prevención y control de Riesgos Profesionales• Trabajadores insatisfechos
• Baja productividad y calidad• Menores ganancias• Mayor índice de accidentes de trabajo y enfermedad profesional• Aplicación de sancione y multas.• El empleador debe asumir los costos y prestaciones
5.¿Cuánto puede costar un Accidente de Trabajo? Haga un ejemplo.
Rta/ digamos que un mensajero se accidente y pierde una de sus piernas, siendo este el 50% de la capacidad laboral.
Atención medica $ 7.000.000
Prótesis /reabilitacion $11.000.000
Pension de invalidez $ 120.000.000
Multa por no afiliación(500 sal. Min) $179.000.000
TOTAL $437.000.000












julio 30-logistica

SALUD OCUPACIONAL
1.Leer y hacer un ensayo del documento con relación a cada época por la que paso la salud ocupacional
Rta/
EDAD ANTIGUA:

Egipto (4000 a. De. J.C.). se destaca en Egipto una consideración para los : guerreros, embalsamadores y fabricantes de armas los cuales tenían condiciones especiales para poder realizar su trabajo y evitar los accidentes que podían obtener de ellos.las herramientas de protección se las daba el faraón .

Mesopotamia (2000 a. De. J. C). los aspectos de seguridad social están en el código legarb que fue creado por el rey. para que todos los ciudadanos pudieran conocer todos sus derechos y deberes .en Grecia se estableció una sociedad de formación económica social esclavista , en Roma el espacio fue para la guerra.


Grecia (1000 a. de. J.C.). En Grecia se estableció una sociedad de formación económica social esclavista. cambio en Roma el espacio fue para la guerra.

• Hipócrates: Padre de la medicina moderna, describe por primera vez la intoxicación como enfermedad ocupacional.

• Plinio el viejo: en su enciclopedia hace una lista de enfermedades ocupacionales.

• Galeno y Celso: también escribe sobre las enfermedades ocupacionales.


ROMA: no aporto mucho en el tema de enfermedades ocupacionales ya que el trabajo era hecho por esclavos , pero legislo en relación con la salud publica de los ciudadanos , para protegerlos de las plagas y enfermedades. Se hacen grupos sin ser ayudados del estado para buscar la ayuda mutua.

EDAD MEDIA
En esta época se crean todos los estados y recae en ellos la responsabilidad de proteger al ciudadano, así se fundo la salud publica .

Sistema corporativo. Las corporaciones de oficios consagraban en sus estatutos algunas medidas tendientes a proteger a los trabajadores accidentados. Así se dan las primeras normas legislativas destinadas a proteger de los accidentes de trabajo a los obreros. Les proporcionaron herramientas , asistencia medica y los prepararon técnicamente

• Ellen Bog: indica que los vapores de algunos metales pueden ser peligrosos.

• George Agrícola reconoce que la aspiración de algunas partículas producía asma y ulceraciones en los pulmones

• Paracelso : , publicó una obra titulada “La Tisis y otras enfermedades de los mineros” donde describió varias neumoconiosis

• Bernardo Ramazzini : publicó el primer libro que puede considerarse como un tratado completo de enfermedades ocupacionales donde describe varias enfermedades hasta entonces conocidas

• Avicena Escribió el canon de la medicina, su tema central era la protección de la salud del trabajador.


EDAD MODERNA : presenta hechos importantes en el desarrollo de la humanidad , apareciendo nuevas ramas de la industria y nuevos tipos de factores contaminantes que afectan la salud de los trabajadores


Aparición del maquinismo. Con la aparición del maquinismo y la aplicación de la fuerza motriz a la industria se aumentaron los accidentes y enfermedades laborales

La revolución industrial. Se incorporaron mayor número de trabajadores así que se utiliza mayor mano de obra y sistemas mecánicos mucho más complicados y peligrosos ocasionando accidentes y enfermedades. Así se considera prevenir las enfermedades y accidentes

Acontecimientos más importantes de la época

Año 1784: una epidemia de fiebre en las fábricas de hilados de algodon, hizo la primara acción a favor de la seguridad por parte del gobierno.

Año 1795 : se forma la cámara de salud de Manchester.

Año 1811: se organiza un movimiento en protesta por el trato infrahumano en el trabajo .

Año 1841: se promulgo la ley de minas la cual determina las lesiones, enfermedades o accidentes causados por maquinaria de minas no protegida.

Año 1842: Edwing Chadwick se convirtió en la fuerza impulsora que dio origen a un estudio titulado” Informe sobre las condiciones sanitarias de la población obrera en la Gran Bretaña”
2) cuadro comparativo hacer los aspectos y los diferentes cambios de cada fecha
año aspectos Cambios
1784 Epidemia Primera acción de seguridad
1795 Reglamentar horas de trabajo Se formo la cámara de salud
1811 Mal trato a los empleados Se organizo un movimiento de protesta
1841 Lesiones por maquinaria Se promulgo la ley de minas
1842 Protección al los pobres Informe sobre las condiciones sanitarias de la población obrera

3) diferencia entre Colombia y estados unidos
Salud en Colombia
- hace poco se crearon normas para la higiene y seguridad industrial en los sectores estatales y empresariales
- se han venido creando leyes y reglas sobre este tema y se espera que con estas se mejore la calidad y las condiciones de trabajo

Salud en Estados Unidos
- la seguridad vigente en Inglaterra encuentra defensores en estados unidos
- Massachusetts fue el primer estado en tomar las legislaciones inglesas sobre las fabricas y las leyes que se refieren a maquinas peligrosas
4) haga un análisis sobre lo que leyó
Se opina que esto sirve para que los empleadores cumplan unas normas de seguridad con sus empleados, para que no acurra como antigua mente que les pasaba algo y no había nadie quien respondiera, también se hizo para que los empleados fueran tratados como personas y no como esclavos. Nos dicen que algunas empresas todavía se encuentran en la época de la revolución industrial. Todos estos objetivos nos sirven para aprender cómo surgió la salud ocupacional como fue su historia y como es importante que una empresa vea importancia a la salud ocupacional.





SALUD OCUPACIONAL 2
1.¿Según la (OMS) y (OIT) se consideran la salud ocupacional cómo?
RTA/la rama de salud pública que busca que los trabajadores puedan tener un buen estado físico, emocional y una buena salud, para protegerlos de los accidentes y enfermedades que el hombre puede adquirir en su trabajo.
El ministerio de salud es la rama de salud pública que ejerce sus acciones con y para los trabajadores, su objetivo es protegerlos de todos los accidentes y enfermedades que podrían adquirir en su trabajo

2. Describa cuales son los objetivos principales de la salud ocupacional
*propone tener una mejor salud y condiciones de vida para el trabajador
*prevenir que hayan accidentes con los riesgos de trabajo
*proteger a los trabajadores de los riesgos relacionados con los agentes físicos, que se pueden encontrar en el medio ambiente laboral.
*eliminar o poder controlar los agentes que pueden ser nocivos para la salud en el ambiente laboral.
*proteger a los trabajadores de las radiaciones.
*proteger a los trabajadores contra los riesgos para la salud en todas las áreas de trabajo.
3. ¿Cuáles son las ramas o las áreas principales de la salud ocupacional? Explíquelas
*seguridad industrial: es aquella que se encarga de estudiar el medio, en el que las personas ejercen sus labores para determinar el buen estado del área de trabajo previniendo enfermedades y accidentes laborales.
*higiene industrial: se encarga de la limpieza de la empresa, donde los trabajadores ejercen sus labores para prevenir enfermedades y accidentes laborales que pueden ser causados por un medio ambiente poco adecuado.

*medicina de trabajo: estudio que se re4aliza a los trabajadores para analizar sus destrezas y así colocarnos en un sitio adecuado dependiendo de sus condiciones.
4. Haga un resumen de la salud ocupacional en Colombia, con sus propias palabras,
Rta/
Para poder hablar de la salud ocupacional tenemos que remontarnos a una época colonial en la que se observan diferentes leyes protectoras para el indio y el español. En el periodo de la independencia se inician los puntos de seguridad industrial con preferencia militar. Gracias a la iglesia se empezó a defender y proteger al indio. El primero que hablo de seguridad industrial fue simón bolívar, las normas de salud ocupacional en Colombia se empiezan a considerar en el año 1995. Años pasados ya se había hablado de este tema pero no fue considerado, en 1910 Uribe pide la indemnización para los trabajadores que sufren accidentes en su área de trabajo. .en 1915 fue aprobada esta ley, en 1934 se crea la oficina de medicina laboral, que tenía como actividad principal el reconocimiento por enfermedades y accidentes laborales.
En 1935, se establece la legislación laboral donde se habla de los riesgos de cada trabajo, y en 1936 se empieza a regir esta ley. En 1938 se otorga a la mujer embarazada 8 semanas de licencia después del parto. la Sociedad Colombiana de Medicina del Trabajo fue fundada en 1946 y ha desarrollado labores importantes en la medicina del trabajo.
5. Con sus palabras explique la seguridad industrial.
RTA/ es un Conjunto de normas que investigan como están situadas las instalaciones industriales y energéticas que tienen como principal objetivo la seguridad de los usuarios, por lo tanto se rigen por normas de seguridad industrial reglamentos de baja tensión, alta tensión, calefacción, gas, protección contra incendios, aparatos a presión, instalaciones petrolíferas, etc., que se instalen tanto en edificios de uso industrial como de uso no industrial .Investigan las causas de los accidentes de trabajo que podemos encontrar con sus aspectos y detalles , debe ser proporcionado y ajustado a cada empresa .
6. ¿Cuáles son los factores de riesgo y nombre según su clasificación uno por uno explicándolos?
RTA/ los accidentes en especial se presentan en las instalaciones de una empresa que no son muy adecuadas, y donde se utilicen equipos que no cumplen con las normas de seguridad, una causa principal de estos accidentes es la mala ubicación de objetos.
*Caídas a nivel: estas son causadas por los objetos que se dejan en el suelo , o porque estos objetos están mojados sucios o tienen sustancias que las hace resbalosas
*Choque o golpe con objetos móviles: estas son ocasionadas por los objetos que están fuera del lugar correspondiente , este cuenta con sistema de almacenamiento en el cual los elementos estén es su lugar correspondiente.

*Desplome: esta ocurre por el mal almacenamiento de los objetos y materiales, este busca tener el material en buena forma de tal forma que el material se pueda coger con facilidad, procurar grandes alturas, los elementos más grandes y pesados en la parte inferior, y los elementos que mas se utilizan ponerlos en lugares asequibles.
*Caída de alturas: en esta encontramos a la protección al estar en las alturas, de esta manera se recomiendan los andamios, las escaleras. Cinturones, asegurando que toso se encuentre en buenas condiciones de uso.
*Pisadas y cortes con objetos inmóviles: Es causada por la ubicación de herramientas cortantes, este se encarga de almacenar las herramientas en soportes adecuadamente con los cortantes hacia dentro, también se utilizan cajas de herramientas portátiles, se recomienda utilizar calzado y guantes de protección.
*Contacto con sustancias nocivas: El uso de la ropa en deterioro aumenta el riesgo al manipular sustancias peligrosas, estas deben estar en lugares especiales y visibles, de manera que se haga notar su peligrosidad, estas sustancias se guardan en recipientes herméticamente cerrados y rotulados estas serán manipulados por expertos, las personas que manipulan estas sustancias deben tener ropa limpia y apropiada.
*Inseguridad: en esta se presentan los accidentes con las maquinas, grapadoras perforadoras entre otras ósea elementos de oficina el mejoramiento de esta son los sensores automáticos los circuitos de televisión y los radios de comunicación.
* Accidentes con riesgo biológico: Este accidente ocurre más que todo en el servicio de salud y se presenta cuando el trabajador tiene contacto con sangre y otros fluidos biológicos de pacientes que presentan hepatitis sida y otras enfermedades infecciosas , esta se previene cuando en las instituciones se cumplen las reglas de higiene

CLASIFICACIÓN Y PROGRAMAS DE SALUD OCUPACIONAL

1.¿Que se tiene en cuenta al momento de vincular una empresa a la ARP?
Rta/ se hace una tarifa dependiendo de la actividad principal de la empresa y de acuerdo a los factores de riesgo que puede haber en esta , son cinco clases de riesgo que podemos encontrar en las empresas.
2. Las clases de riesgos se clasifican de I a V, según esta clasificación. Nombre cual es el riesgo que pertenece a cada clasificación y de un ejemplo de cada uno.
*Clase1:son actividades de riesgo mínimo como restaurantes.
*clase 2:son actividades de riesgo bajo como la fabricación de hilos.
*clase 3: son actividades de riesgo medio como la fabricación de agujas o alcohol.
*clase 4:son actividades de riesgo alto como fabricación de cervezas y trasporte.
*clase 5 : son actividades de riesgo máximo como lo son los bomberos.
3.¿En qué consiste el programa de salud ocupacional?
Rta/ consiste en la planeación, ejecución, control, organización y evaluación para mejorar la salud de los trabajadores, con el fin de evitar accidentes y enfermedades profesionales.
4.¿Cuál es el objetivo de un programa ocupacional?
Rta/es proveer seguridad, protección y atención a los trabajadores en su medio laboral.
5. ¿Por qué se hace necesario que las empresas cuente con un manual?
Rta/ el manual es una guía para minimizar los riesgos de trabajo, y para establecer el protocolo a seguir en caso de algún accidente.
6. ¿Cuál debe ser el interés de las directivas respecto a la política de salud ocupacional y que puntos deben tenerse en cuenta?

*Una de las principales preocupaciones de una compañía debe ser el control de riesgos que atentan contra la salud de sus trabajadores y contra sus recursos materiales y financieros.
Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales son factores que interfieren en el desarrollo normal de la actividad empresarial, incidiendo negativamente en su productividad y por consiguiente amenazando su solidez y permanencia en el mercado; conllevando además graves implicaciones en el ámbito laboral, familiar y social.
En consideración a lo anterior, la administración y la gerencia de toda compañía deben asumir su responsabilidad en buscar y poner en práctica las medidas necesarias que contribuyen a mantener y mejorar los niveles de eficiencia en las operaciones de la empresa y brindar a sus trabajadores un medio laboral seguro.

7. ¿Por medio de que tareas asume la gerencia o el empleador un nivel de participación?

• Niveles de Participación:

La empresa debe suministra equipos de seguridad con los cuales se pueda obtener condiciones de seguridad adecuadas para el trabajo.
De esta manera la gerencia o el empleador asumirá el liderazgo efectivo del programa de Salud Ocupacional y participará directamente realizando una serie de tareas como:

○ Motivar al personal por la Salud Ocupacional a través de charlas, cartas de reconocimiento, asistir a reuniones formales entre otras
.
○ Dar prioridad a la Salud Ocupacional cuando deba tomarse una decisión en la que aquella esté en juego.

○ Controlar resultados, conociendo el desarrollo de los subprogramas y funcionamiento del comité de Medicina, Higiene y Seguridad etc.

8. ¿Cuales son las obligaciones del empleado?

• la obligación del empleado es la siguiente:

◘ El seguimiento estricto de las Normas de seguridad a fin de garantizar un trabajo seguro.

◘ Cumplir las normas y procedimientos de Salud Ocupacional establecidas por la Empresa.

◘ Informar a sus superiores o al coordinador de Salud Ocupacional, sobre condiciones y/o actos sub-estándar en los lugares de trabajo ó cualquier circunstancia que pudiera provocar un accidente y presentar sugerencias para su estudio participando en la elaboración de normas y procedimientos seguros de trabajo.

◘ Participar activamente en las charlas y cursos de capacitación de Salud Ocupacional a que haya sido invitado.

9. ¿Qué es el COPASO, de que se encargan; a que le dan cumplimiento y cuál es el periodo de los miembros?

• Copaso: Es una institución de participación, ejecución y apoyo en todo lo concerniente al Programa de Salud Ocupacional de una compañía.son los encargados de llevar a cabo todas las actividades programadas en fin del desarrollo del Programa de Salud Ocupacional.

Dependiendo la empresa se maneja como :
Número de Trabajadores Conformación del COPASO
Empresas menores a 10 trabajadores No conformarán el comité, pero deberán elegir una persona como Vigía Ocupacional y un suplente. Estas personas serán elegidas de mutuo acuerdo entre la gerencia y los trabajadores
Empresas entre 10 y 50 trabajadores La gerencia elegirá un representante y un suplente al Comité, y los trabajadores elegirán también un representante y un suplente. Así el Comité contará con cuatro miembros
Empresas con más de 50 trabajadores La gerencia elegirá dos representantes y dos suplentes al Comité, y los trabajadores elegirán igual número de compañeros.

10. ¿Cuáles son las responsabilidades del coordinador y qué función cumple?

*El Coordinador de Salud Ocupacional es la primera línea en este programa Contacto directo con los empleados y es el nexo directo con la administración en materia de seguridad.

Responsabilidades:

♣ Asumir la dirección del Programa asesorando a la gerencia para la formulación de reglas, procedimientos administrativos, objetivos y en la solución de problemas en materia de Medicina Preventiva y del Trabajo, Higiene y Seguridad Industrial.

♣ informar a la gerencia sobre actividades y situaciones de Salud Ocupacional.

♣ Supervisar el cumplimiento de la política, por parte de todos los miembros de su responsabilidad en Salud Ocupacional.

♣ Analizar y difundir información sobre cada subprograma y experiencias adquiridas a través de lesiones, daños o pérdidas con el fin de que se tomen las medidas de prevención y control respectivas.

♣ Mantener un programa educativo y promocional de Salud Ocupacional para los trabajadores.

♣ Establecer mecanismos de evaluación para verificar el cumplimiento de las actividades de Salud Ocupacional.

♣Interpretar leyes, directivas y ordenanzas de las entidades oficiales relacionadas con Salud Ocupacionales posible que tu navegador no permita visualizar esta imagen.

SALUD OCUPACIONAL NÚMERO 3

.Cuáles son los fines de una investigación en caso de accidentes?
*averiguar la causa del accidente para prevenir uno similar en el futuro.
*Se examina desde un punto de vista de la seguridad, y no de la responsabilidad.
*puede hacerse por una o varias personas.
*Toda investigación debe hacerse tan pronto sea posible.
2. Cuáles son los fines de una investigación en caso de accidentes?Qué importancia tiene la prevención?
Rta/ los fines de una investigación son, llegar al final del asunto, comprobar si lo que se dice es cierto, p ara asi lograr un resultado más concreto.la importancia de la prevención de accidentes es, hacer estudios los cuales nos indiquen lo malo de la empresa para asi corregirlo y disminuir el riesgo de los trabajadores; los daños pueden ser materiales y/o humanos.
3.Que programas abarca una prevención?
Rta/ son 7 elementos básicos a seguir.
☻ Liderato o liderazgo de alta gerencia.
☻ Asignación de responsabilidades.
☻Mantenimiento de condiciones adecuadas de trabajo.
☻ Entrenamiento en prevención de accidentes.
☻Un sistema de registro de accidentes.
☻Servicio médico y de primeros auxilios.
☻ Aceptación de responsabilidad personal por parte de los trabajadores.
Principios de prevención de accidentes
☻Creación y mantenimiento del interés en la seguridad
☻ Búsqueda de causas de accidentes.
☻Acción correctiva basada en los hechos
☻Investigar es indagar y buscar con el objeto de establecer relaciones causa efecto.


4. En qué consiste los planes y brigadas de emergencia?
Rta/ en entrenar a los trabajadores, para que estén preparados en caso de una emergencia, como lo es un incendio, una inundación, un terremoto, un sunami , un remolino o algo asi,no solo desastres naturales sino algunos ocasionados por el hombre. Entrena el personal capacitándolo y haciendo jornadas de simulación de desastres. Esto aparece en la legislación nacional, en la resolución no 2400 de 1979.
5. Que es plan de emergencia?
RTA/ es tener un ”plan” en cierta zona donde esta avisado que va a ocurrir algo especifico, tener algo de apoyo en caso de emergencia, como una ruta y un punto de encuentro.
6. Para que sirven estos planes?
RTA/
*esta orientado a definir el manejo de posibles desastres alrededor del mundo.
*permite estar preparados, tener comida, carpas, y demás, para asi superar estas situaciones
7. Que requisitos deben incluir?
RTA/
• Debe ser escrito en un documento de fácil acceso.
• Aprobado por las directivas y trabajadores
• Probado a través de simulacros.
• Programas jornadas de capacitación
• Evaluarlo periódicamente
• Actualizarlo periódicamente
En base a e4sto luego de tener el plan de emergencia, para comprobarlo es bueno plantearse las siguientes preguntas:
☻ Qué hay que hacer?
☻Quién lo debe hacer?
☻Cuándo debe hacerse?
☻Cómo debe hacerse?


8. Según los criterios cuales cree usted que son los más importantes para tener en cuenta?
RTA/
• Identificación de los riesgos
• Comprometer a las autoridades publicas
• Actividades y equipos.














ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD OCUPACIONAL

1. . ¿Quién es el responsable de El programa de salud ocupacional?
Rta/ Es de plena responsabilidad del empleador , frente a un accidente es el quien tienen toda la responsabilidad .
2. ¿En qué consiste es el programa de salud ocupacional?
Rta/ en medir las condiciones y riesgos en las cuales los trabajadores se encuentran laborando, pues hay que tener una serie de reglas y normas que previenen los accidentes y enfermedades.
3.¿Cuál es el fin de la administración en la salud ocupacional?
RTA/inclinarse por el mantenimiento y mejoramiento de sus condiciones de vida y trabajo .
4.¿Qué estrategias se aplican al sistema de salud ocupacional?
RTA/
• Participación y compromiso de la gerencia
• Participación de los trabajadores
• Trabajo en equipo, compañerismo
• Una buena capacitación
5. ¿Cuál es el objetivo primordial de la administración de la salud ocupacional?
Rta/
• Disminuir los riesgos
• Aumentar las ganancias
• Disminuir los gastos

6. ¿Cuál es el objetivo del programa de salud ocupacional?
Rta/ proveer seguridad protección y atención a los empleados dependiendo el desempeño o su trabajo, contar con los elementos básicos de este objetivo, la investigación de los accidentes que ocurran y la investigación para que estos no vuelvan a ocurrir. Cumplir con todas las normas, tener los equipos de seguridad .

7. ¿Cuáles son los niveles de responsabilidad y explique sus funciones?
Rta/
• Gerencia: controlar el cumplimiento del programa de salud ocupacional en nombre de la empresa, dar capasitacion en salud ocupacional a los empleados. Cuidar el estado de integridad de la salud de los trabajadores y del mediuo en que trabajan y también del medio ambiente, cotizar el seguro de riesgos profesionales con el objetivo de acoger los riesgos de accidente y enfermedad profesional, notificar a la administradora de riesgos profesionales los accidentes y enfermedades que se presenten, también al ministerio de trabajo y de seguridad social

• Mandos medios: controlar los accidentes enfermedades y ausentismos laboral, liderar el control de pedidas del medio ambiente la tecnología los materiales y la infraextructura física servir como multiplicador en el conocimiento de los factores de riesgo y ser ejemplo de la aplicación de procedimientos y comportamientos seguros en el trabajo, promover los habitos saludables

• Trabajadores: informarse sobre los factores de riesgo de su trabajo, prevenirlos, informar la condición de un ambiente peligroso o una practica insegura, participar en las actividades de prevención en la salud ocupacional, observar las normas y reglamentos de salud ocupacional, para su protección y la de todos los que lo rodean

8. ¿Qué recursos se manejan en un programa de salud ocupacional?
Rta/
• Humanos:
• Técnico
• Financiero
• Locativos
• Gerencia






SOLUCION TALLER ADUANA
1.¿Que son los depósitos aduaneros?
RTA/ ellos permiten la entrada del exterior, pueden permanecer una tiempo en depósito mientras se pagan los impuestos y derechos.
2.¿Cuáles son los depósitos aduaneros?
RTA/
. Depósitos públicos:
La Dirección de Impuestos y Aduanas nacionales (DIAN) habilitó este tipo de depósitos con el fin de almacenar mercancías bajo control aduanero, en los cuales pueden permanecer las mercancías de cualquier usuario del comercio exterior.
• Depósitos privados:
Son los habilitados por la DIAN para almacenar bajo control aduanero, mercancías consignadas a la persona jurídica que figura como titular de la habilitación y estén destinadas en el documento de transporte a dicho depósito.
De igual forma, podrán almacenarse mercancías de exportación del titular de este depósito, que se encuentren bajo control aduanero.
• Depósitos privados transitorios:
Las administraciones de impuestos y aduanas con operación aduanera podrán habilitar depósitos transitorios en su jurisdicción, por circunstancias y necesidades especiales y temporales de almacenamiento.
Sólo podrá otorgarse la habilitación de depósitos transitorios de carácter privado, a las personas jurídicas que con la debida antelación a la llegada de la mercancía, hubieren presentado la respectiva solicitud. Dicha habilitación deberá tenerse al momento del arribo de la mercancía al territorio aduanero nacional.
• Depósitos privados para transformación o ensamble:
Son los lugares habilitados por la DIAN para el almacenamiento de las mercancías de importación que serán sometidas a la modalidad de transformación o ensamble.
El término de almacenamiento en estos depósitos será de 15 días, contados a partir de la llegada de las mercancías al territorio aduanero nacional, o a partir de la culminación de la operación de tránsito, cuando la mercancía haya sido sometida al régimen de tránsito.
Vencido este término, sin que se hubiere declarado la modalidad de transformación o ensamble, o sin que se hubiere reembarcado la mercancía, se produce el abandono de la misma en los términos previstos en el parágrafo del artículo del presente decreto.
• Depósitos privados para procesamiento industrial:
Al hablar de este aspecto nos referimos a aquellos lugares habilitados por la DIAN para el almacenamiento de materias primas e insumos que van a ser sometidos a transformación, procesamiento o manufactura industrial, por parte de personas jurídicas reconocidas e inscritas como usuarios aduaneros permanentes o usuarios altamente exportadores y autorizadas por la dirección de impuestos y aduanas nacionales, para declarar bajo la modalidad de importación temporal para procesamiento industrial.
• Depósitos privados para distribución internacional:
Son aquellos lugares habilitados por la DIAN a los usuarios aduaneros permanentes, para el almacenamiento, conservación, acondicionamiento, manipulación, empaque, reempaque, o clasificación de mercancías extranjeras que serán sometidas prioritariamente a la modalidad de reembarque en el término máximo de un año, contado a partir de su llegada al territorio aduanero nacional y, subsidiariamente, en el mismo término, al régimen de importación de acuerdo con lo previsto en el presente decreto. Las mercancías deberán ser reembarcadas o sometidas a una modalidad de importación. De lo contrario, se considerarán abandonadas a favor de la nación.
3. ¿Cuáles son las obligaciones de los depósitos?
RTA/
*Recibir, custodiar y almacenar únicamente aquellas mercancías que pueden permanecer en sus recintos.
*Recibir, custodiar y almacenar las mercancías sometidas al régimen de importación, exportación o a la modalidad de transbordo.
*Registrar en el sistema informático aduanero la información relacionada con la recepción de la carga entregada para su custodia.•
*Observar las medidas que la autoridad aduanera señale para asegurar el cumplimiento de las disposiciones aduaneras
*Contar con los equipos necesarios para el cargue, descargue, pesaje, almacenamiento y conservación de las mercancías.
*Disponer de las áreas necesarias para realizar la inspección física de las mercancías y demás actuaciones aduaneras, a las cuales tendrá acceso el personal que la Dirección de Impuestos y Aduanas determine.•
*Permitir el reconocimiento físico de las mercancías por parte de las sociedades de Intermediación Aduanera, en las acciones previstas en este Decreto. •
*Mantener claramente identificados los siguientes grupos de mercancías: los que se encuentren en proceso de importación; en proceso de exportación; bajo la modalidad de transbordo; aprehendidos; decomisados; en situación de abandono, y, los que tengan autorización de levante, salvo cuando se trate de mercancías a granel, almacenadas en silos o en tanques especiales; •
*Llevar los registros de la entrada y salida de mercancías, conforme con los requerimientos y condiciones señaladas por la DIAN.•
*Reportar las irregularidades que se presenten y suministrar la información que la autoridad aduanera solicite.•
* Almacenar y custodiar las mercancías abandonadas, aprehendidas y decomisadas en sus recintos

4. ¿Cuáles son las responsabilidades de los depósitos?
RTA/ Sin perjuicio de la responsabilidad frente a terceros de conformidad con las normas del Código de Comercio y el Código Civil, los depósitos serán responsables ante la Nación por las sanciones a que haya lugar por el incumplimiento de las normas aduaneras. Los depósitos habilitados serán responsables ante la DIAN por el pago de los tributos aduaneros de las mercancías sustraídas o pérdidas en sus recintos.














INVESTIGAR SIGNIFICADOS
☺ Actividad aduanera: Son todos aquellos actos necesarios para que la operación aduanera se pueda realizar. Entre las actividades aduaneras podemos destacar: la confrontación, el reconocimiento, la liquidación, el desaduanamiento, etc
☺Acuerdos de comercialización ordenada: Una de las medidas de "zona gris". Refiere a acuerdos bilaterales entre gobiernos por los cuales un gobierno limita las exportaciones del otro. Se utilizan para proteger la industria nacional.
☺Acuerdos de clearing: Acuerdos de compensación entre países que realizan el control de cambios, en virtud de los cuales el producto de las exportaciones se afecta a las importaciones para conseguir el equilibrio de las balanzas comerciales
☺Acuerdos multilaterales: Acuerdos internacionales en los que participan tres o más países.
☺Acuerdo general sobre aranceles y comercio: Se crea en 1948 cuando 23 países deciden negociar las concesiones arancelarias previstas en la llamada Carta de la Habana por la que se pretendía constituir una organización de comercio
☺ACP: asociación colombiana petrolera
☺Admisión temporal: Régimen aduanero que permite la importación temporal de bienes destinados a ser reexportados tras algunos procesos de transformación. Se exigen garantías de que la mercancía va a ser efectivamente reexportada. Es, por tanto, una política comercial destinada a crear valor añadido en el país, en la mercancía en cuestión
☺Aduana de entrada: Lugar de un territorio aduanero por el que se despachan las mercancías a ser importadas. A la entrada en estas áreas, casi todos los productos quedan sujetos al pago de los correspondientes derechos arancelarios.
☺Aduana de destino : Oficina aduanera donde termina una operación de tránsito aduanero.
☺Aduana de partida: Oficina aduanera donde comienza una operación de tránsito aduanero.
☺Aduana de paso de frontera: La oficina aduanera fronteriza, que no siendo ni la de partida ni la de destino, interviene en el control de una operación de tránsito aduanero internacional
☺Aduana principal: Es la que tiene jurisdicción en una circunscripción determinada y centraliza las funciones fiscales y administrativas de las aduanas subalternas adscritas a ella
☺Aduana subalterna: Son las adscritas a una aduana principal habilitada para realizar determinadas operaciones aduaneras dentro de la respectiva circunscripción.
☺Agente de aduanas Empresa o persona física con licencia gubernamental facultado para tramitar mercancía ante la aduana de determinado país.
☺Agente de exportación: Empresa, persona física u organización que sirve de intermediaria a importadores y exportadores.
☺Ajuste fiscal en frontera: Sistema de adaptación de los impuestos que gravan un producto objeto de operaciones de comercio exterior. Consiste en la exención o desgravación a los bienes exportados de los impuestos con que se les grava cuando se destinan al consumo interior; y en sentido inverso, en la imposición a los productos importados de gravámenes similares a los correspondientes al consumo interior de los productos nacionales.
☺ALCA: Área de Libre Comercio de las Américas
☺Almacén libre de impuesto (Duty Free Shops): Régimen mediante el cual se autoriza a los establecimientos ubicados en las zonas primarias de las aduanas localizadas en los puertos o aeropuertos internacionales, a depositar determinadas mercancías nacionales y extranjeras, exclusivamente para ser expedidas a aquellas personas que están en tránsito en el país o que vayan a entrar o salir del mismo, en calidad de pasajeros.
☺ Andino, pacto: Reúne a los países de la zona andina: Colombia, Chile, etc. Trató de ser una zona de libre comercio que no funcionó nunca económicamente por la multitud de problemas que han vivido estos países. Hay un proceso de trasvase de países del Pacto andino hacia MERCOSUR (Perú también ha intentado incorporarse).
La UE tiene 2 acuerdos de libre comercio: con MERCOSUR (1997) y con México (2000), además de otros acuerdos con Chile y países de la zona.
☺ Antidumping, derechos: Tipo de derecho arancelario introducido para neutralizar el dumping practicado por un país extranjero, en el mercado nacional. El GATT ha establecido unas reglas que han de regir la utilización de este mecanismo compensatorio, cuya base son los artículos 6 y 16 del propio GATT.
☺ Arancel de aduanas: Instrumento legal que comprende la nomenclatura para la clasificación oficial de las mercancías susceptibles de ser importadas al territorio nacional o exportadas del mismo o sometidas a otros regímenes aduaneros, así como los gravámenes aplicables a las mismas y las restricciones u otros requisitos que deben ser cumplidos con motivo de la operaciones aduaneras.
☺Arancel externo común de la CEE: Arancel adoptado por la CEE para sus relaciones comerciales con el resto del mundo. Fue establecido a un nivel igual a la media aritmética de los aranceles entonces en vigor para cada producto en los cuatro territorios aduaneros de la Comunidad. Sucesivamente, en el seno del GATT han dejado el nivel medio arancelario más reducido. Las adhesión a la CEE conlleva la adopción del AEC.
☺Arancel optimo: Arancel que permite alcanzar, al país que lo impone, la curva de indiferencia social más alejada del origen. O más genéricamente, aquel vector de aranceles tal que maximiza la función objetivo social sujeta a las restricciones pertinentes (tecnológicas y dotaciones).
☺arancelaria, partida: Unidades en que se divide la Nomenclatura del Sistema Armonizado en donde se clasifican grupos de mercancías y que se identifican por 4 dígitos.
☺Arrumaje:Distribución o colocación de la carga de una embarcación. Extensible, también, a la distribución o colocación de las mercancías en almacenes, depósitos, etc.

☺ Autoliquidación: Es la operación mediante la cual, el consignatario, efectúa la liquidación de los gravámenes y demás derechos causados con ocasión de la introducción de las mercancías, para el momento de la aceptación o declaración de éstas últimas.
☺Autorización de cambio: Documento que permite al importador canjear moneda de su país por divisas para pagar al exportador.

☺Bultos sobrantes: Son aquellas mercancías que, una vez terminada la confrontación general de los cargamentos, aparecen de más, sobre las anotadas en el Manifiesto de Carga.
☺Bultos faltantes: Son aquellas mercancías que, una vez terminada la confrontación general de los cargamentos, no aparecen en los arrumajes de los almacenes, pero si figuran en el Manifiesto de Carga o sobordo respectivo
☺Bultos en retorno: Bultos traídos al puerto o aeropuerto de destino, por haber faltado en la descarga del vehículo donde fueron manifestados originalmente
☺ Bultos postales: Forma utilizada internacionalmente para el intercambio recíproco de mercancías o efectos sujetos al pago de impuestos aduaneros, con intervención del correo, ya sea por vía marítima, aérea o terrestre.
☺Bonos de prenda: Documentos expedidos por los almacenes generales de depósito, a los fines de acreditar la constitución de garantía prendaria sobre las mercancías bajo su guarda.
☺Cabotaje: Tráfico marítimo, fluvial, lacustre y aéreo de mercancías y equipajes nacionales o nacionalizados, entre diversos lugares del territorio nacional.
☺Carga consolidada: Carga en forma agrupada, que es transportada bajo nombre y responsabilidad de un operador de transporte, distinto del porteador (consolidador) en el vehículo de éste, destinada :a uno o más consignatarios finales.
☺ Carga Courier: Operación mediante la cual una Empresa Operadora de Mensajería Internacional \"Courier\" traslada carga agrupada, bajo su propio nombre y responsabilidad destinadas a terceras personas por cualquier medio de transporte, propio contratado o mediante Mensajero a Bordo
☺Carta de crédito: Documento emitido por un banco y obtenido por el importador, en el que se autoriza a otro banco a abonar al exportador una suma específica de dinero, cuando el banco haya recibido el documento en que se garantiza que se han cumplido las condiciones estipuladas en la carta de crédito. Ejemplo: condiciones de venta, packing, fecha de envío, etc.
☺Causación: De acuerdo a la legislación venezolana cuando se trate de importación, las mercancías causarán el impuesto y estarán sometidas al régimen aduanero vigente para la fecha de su llegada a la zona primaria de cualquier aduana nacional habilitada para la respectiva operación. Cuando se trate de exportación, se aplicará el impuesto y el régimen aduanero vigente para la fecha de recibo de la declaración formulada ante la oficina aduanera por el exportador. En caso mercancías que se encuentren en zonas, puertos o almacenes libres o francos o almacenes aduaneros (in bond), y vayan a ser destinadas a uso o consumo en el territorio aduanero nacional, se aplicará el impuesto y el régimen aduanero vigente para la fecha del registro de la declaración formulada ante la oficina aduanera.
☺ Certificado de depósito: Documento que acredita el dominio de las mercancías y productos, en los Almacenes Generales de Depósito.

☺ Certificado de higiene:Documento que sirve como prueba de que la mercancía importada está libre de enfermedades y limpia.

☺Certificado de origen: Documento expedido por la autoridad u órgano competente, para dar fe de que determinado artículo es producido, cosechado, etc., en determinada región o país; se utiliza con la finalidad de aprovechar ventajas impositivas o preferencias arancelarias.

☺ Certificado de seguro: Frecuentemente adquirido por el importador, este documento del flete de entrada indica la clase de seguro, comprado y el valor amparado por este.
☺ CFR: "Cost and Freight" (.. nombre puerto de destino): Sólo transporte marítimo. Venta en origen. El vendedor elige el barco y paga el flete marítimo hasta el puerto convenido. La carga de la mercancía a bordo corre a cargo del vendedor asi como los trámites para la exportación. La transferencia de los riesgos y gastos se produce en el momento en que la mercancía rebasa la borda del buque al igual que en el Incoterm FOB.
☺ CIF: "Cost Insurrance and Freight" (… nombre puerto destino): Sólo transporte marítimo. Venta en origen.Añade al incoterm CFR la obligación para el vendedor de contratar el seguro de las mercancías en las condiciones FPA (libre de avería particular) que cubre el valor CIF + 10%. La transferencia de los riesgos y gastos ocurre igual que con los incoterms FOB y CFR.
☺CIP: "Carriage and Insurrance Paid to" (… nombre lugar de destino): Cualquier medio de transporte. Venta en origen.Semejante al incoterm CPT, al cual añade la obligación por parte del vendedor de contratar un seguro para las mercancías.
☺ Circunscripción aduanera: Es el territorio aduanero delimitado para cada aduana principal dentro del cual ésta, ejercerá la potestad aduanera.

☺Clausula de escape: Cláusula introducida por los EEUU en el comercio internacional en aras a proteger algunos de sus productos que se sentían amenazados por la competencia de la penetración de importaciones.




10 de junio de 2010

Ley 100

Nathaly Melo Gómez
10-01
LEY 100
Sistema de seguridad social integral
CAPITULO 1
PRINCIPIOS GENERALES
Articulo1: el sistema de seguridad social integral garantiza los derechos de la persona y la comunidad, para garantizar la calidad de vida acorde con la dignidad humana. comprende todas las obligaciones de los recursos que garantizan los caracteres económicos, de salud y servicios para la comunidad.
Articulo2: el servicio público esencial de seguridad social se prestara con sujeción ha : la eficiencia , la universalidad , la solidaridad, la integridad, la unidad y la participación.
Artículo 3: todos los habitantes tienen derecho a la seguridad social.
Artículo 4: la seguridad social es un servicio obligatorio y su dirección, coordinación, y control están a cargo del estado y estará prestado por las entidades públicas o privadas .
CAPITULO 2
Sistema de seguridad social integral
Artículo 5: creación: en desarrollo a la ley 48 de la constitución política , dice que el sistema de seguridad social está coordinado y controlado por el estado.
Artículo 6: Objetivos: garantiza prestaciones de salud y economía a las personas que sean capaces a afiliarse al sistema. , garantiza la ampliación de cobertura hasta que toda la población acceda al sistema.
Artículo 7: Ámbito de acción: El sistema de seguridad social garantiza el cubrimiento de las contingencias económicas y de la salud.
Artículo 8: Confirmación del sistema de seguridad social integral; es el conjunto de entidades públicas y privadas y está conformado por los regímenes generales establecidos para pensiones , salud ,riesgo profesional ETC.
Artículo 9: destinación de los recursos. no se podrán destinar sus recursos a otros fines que no sean para ellos.

SISTEMA GENERAL DE PENSIONES
CAPITULO 1
OBJETO Y CARACTERISTICAS DEL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES
Artículo 10: El sistema general de pensiones tiene como objeto garantizar a la población la ayuda en la vejez , la invalidez y la muerte.
Artículo 11: El sistema general de pensiones se aplicara a todos los habitantes del territorio nacional , que accedan con los requisitos para acceder a una pensión o se encuentren pensionados por jubilación , vejez ,invalidez ETC
Artículo 12: El sistema general de pensiones está compuesto por dos regímenes: régimen solidario de prima media con prestación definida, régimen de ahorro individual con solidaridad.
Artículo 13: las características del sistema general de pensiones son:
*la afiliación es obligatoria acepto los trabajadores independientes
*la selección de uno de los regímenes previsto por el articulo anterior es libre y voluntaria por parte del afiliado
*Los afiliados tendrán derecho al reconocimiento y pago de las pensiones y prestaciones
*La afiliación implica la obligación de efectuar los aportes establecidos en esta ley
*los afiliados al sistema general de pensiones podrán escoger el régimen de pensiones que prefieran
*para el reconocimiento de las pensiones y las prestaciones se tendrán en cuenta la suma de las semanas cotizadas con anterioridad.
*existirá un fondo de solidaridad pensiona al destino a ampliar la cobertura mediante el subsidio a los grupos de población.
Articulo 14: con el objetivo de que las pensiones mantenga su poder adquisitivo constante se reajustaran anualmente de oficio .
CAPITULO 2
Afiliación al sistema general de pensiones.
Artículo 15: los afiliados serán:
*en forma obligatoria: todas las personas que tengan un contrato de trabajo o que sea un servidor público, o los grupos de población que sean elegibles para ser beneficiarios de subsidios.
*En forma voluntaria: los trabajadores independientes, todas las personas naturales residentes del país, que no tengan la calidad de afiliados obligatorios.
Artículo 16: Incompatibilidad de regímenes. Ninguna persona puede distribuir las cotizaciones entre los dos regímenes del sistema general de pensiones.
CAPITULO 3
COTIZACIONES AL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES
Artículo 17: obligatoriedad de las pensiones: Durante la vigencia de la relación laboral deben hacerse cotizaciones a los regímenes del sistema general de pensiones, las cotizaciones cesan al momento en que el empleado reúna los requisitos para acceder a la pensión.
Artículo 18: base de cotización de los trabajadores dependientes de los sectores privados y público (salario mensual). En ningún caso la base de cotización podrá ser inferior al monto de salario mínimo legal mensualmente vigente. si el empleado recibe salario de dos o más empleadores las cotizaciones serán adecuadas a los salarios de cada empleador.los empleados independientes cotizaran sobre los ingresos que declaren ante la entidad a la cual se afilien y serán responsables por la totalidad de su cotización.
Artículo 20: La taza de cotización para pensión de vejez será calculado sobre el ingreso base y se abonaran en las cuentas de ahorro pensional o en el pago de pensiones de vejez y capitalización de reservas. Para la tasa de pensión de invalides la taza será del 3.5%.la cotización total será la suma del porcentaje de cotización para pensión de vejez y para taza de invalides .
Articulo21: ingreso de base de liquidación: son las pensiones previstas por la ley , el promedio de los salarios sobre los que ha cotizado el afiliado durante los 10 años anteriores al reconocimiento de la pensión .
Artículo 22: Obligaciones del empleador: Sera responsable del pago de su aporte y del aporte de los trabajadores de su servicio, podrá descontar del salario del afiliado, y trasladara esta suma junto con su parte a la entidad elegida por el trabajador.
Artículo 23: sanción moratoria: si no se cancelan los aportes en el plazo señalado se generara un interés moratorio a cargo del empleador, que se abonan en el fondo de reparto correspondiente.
Articulo 24: Acciones de cobro : corresponde a las entidades administradoras de los diferentes regímenes adelantar las acciones de cobro con motivo de incumplimiento de las obligaciones del empleador.
CAPITULO 4
FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL
Artículo 25: Creación del fondo de solidaridad pensional : es una cuenta especial de la nación sin personería jurídica cuyos recursos serán administrados por las sociedades fiduciarias de naturaleza publica . Contara con un consejo asesor integrado por representantes de los gremios de la producción .
Artículo 26: Objeto del fondo: subsidiar los aportes al régimen general de pensiones de los trabajadores asalariados o independientes que carezcan de suficientes recursos para efectuar la totalidad del aporte . El subsidio se concederá para reemplazar los aportes del empleador o del trabajado independiente, hasta por un salario mínimo con base de cotización.
Artículo 27: recursos: el fondo de solidaridad pensional tiene las siguientes fuentes de recursos:
• Cotización adicional del 1% sobre el salario
• Los aportes del presupuesto nacional
• Los recursos que aporten las entidades territoriales
• Las donaciones recibidas, todos los recursos que reciba a cualquier titulo
Artículo 28: Parcialidad del subsidio : subsidios de naturaleza temporal y parcial , el monto del subsidio podrá ser variable por periodos y por actividad económica teniendo en cuenta la capacidad económica de los beneficiarios y la disponibilidad de recursos del fondo.
Artículo 29 : exigibilidad del subsidio : cuando el afiliado que haya recibido subsidios del fondo de solidaridad pensional exceda de los 65 años de edad y no cumpla con todos los requisitos mínimos para acceder a una pensión de vejez , la entidad administradora respectiva devolverá el monto de los aporte subsidiados a dicho fondo.
Artículo 30: Subsidio a trabajadores del servicio domestico: se giraran al fondo de solidaridad en cuentas separadas para que este traslade el subsidio correspondiente a la entidad elegida por el trabajador.

TITULO IIREGIMEN SOLIDARIO DE PRIMA MEDIA CON PRESTACIONDEFINIDACAPITULO INORMAS GENERALESARTICULO
31. Concepto. El Régimen de Prima Media con Prestación Definida es aquel mediante el cual los afiliados o sus beneficiarios obtienen una pensión de vejez, de invalidez o de sobrevivientes, o una indemnización, previamente definida, de acuerdo con lo previsto en el presente Título.
ARTICULO 32. Características. El Régimen de Prima Media con Prestación Definida tendrá las siguientes características: a) Es un régimen solidario de prestación definida; b) Los aportes de los afiliados y sus rendimientos, constituyen un fondo común de naturaleza pública, que garantiza el pago de las prestaciones de quienes tengan la calidad de pensionados en cada vigencia, los respectivos gastos de administración y la constitución de reservas de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley; c) El Estado garantiza el pago de los beneficios a que se hacen acreedores los afiliados.CAPITULO IIPENSION DE VEJEZ
ARTICULO 33. Requisitos para Obtener la Pensión de Vejez. Para tener derecho a la pensión de vejez, el afiliado deberá reunir las siguientes condiciones: 1. Haber cumplido cincuenta y cinco (55) años de edad si es mujer, o sesenta 60 años de edad si es hombre. 2. Haber cotizado un mínimo de 1.000 semanas en cualquier tiempo.
ARTICULO 34. Monto de la Pensión de Vejez. El monto mensual de la pensión de vejez, correspondiente a las primeras 1.000 semanas de cotización, será equivalente al 65 % del ingreso base de liquidación. Por cada 50 semanas adicionales a las 1.000 hasta las 1.200 semanas, este porcentaje se incrementara en un 2 %, llegando a este tiempo de cotización al 73 % del ingreso base de liquidación. Por cada 50 semanas adicionales a las 1.200 hasta las 1.400, este porcentaje se incrementara en 3 % en lugar del 2 %, hasta completar un monto máximo del 85 % del ingreso base de liquidación.
ARTICULO 35. Pensión Mínima de Vejez o jubilación. El monto mensual de la pensión mínima de vejez o jubilación no podrá ser inferior al valor del salario mínimo legal mensual vigente. PARAGRAFO. Las pensiones de jubilación reconocidas con posterioridad a la vigencia de la Ley 4a. de 1992 no estarán sujetas al limite establecido por el artículo 2o. de la Ley 71 de 1988, que por esta Ley se modifica, salvo en los regímenes e instituciones decepcionadas en el artículo 279 de esta Ley...
ARTICULO 36. Régimen de Transición. La edad para acceder a la pensión de vejez. continuará en cincuenta y cinco (55) años para las mujeres y sesenta (60) para los hombres, hasta el año 2014, fecha en la cual la edad se incrementará en 2 años, es decir, será de 57 años para las mujeres y 62 para los hombres.
ARTICULO 37. Indemnización Sustitutiva de la Pensión de Vejez. Las Personas que habiendo cumplido la edad para obtener la pensión de vejez no hayan cotizado el mínimo de semanas exigidas, y declaren su imposibilidad de continuar cotizando, tendrán derecho a recibir, en sustitución, una indemnización equivalente a un salario base de liquidación promedio semanal multiplicado por el número de semanas cotizadas; al resultado así obtenido se le aplica el promedio ponderado de los porcentajes sobre los cuales haya cotizado el afiliado.CAPITULO IIIPENSION DE INVALIDEZ POR RIESGO COMUN
ARTICULO 38. Estado de Invalidez. Para los efectos del presente capitulo se considera inválida la persona que por cualquier causa de origen no profesional, no provocada intencionalmente, hubiere perdido el 50 % o más de su capacidad laboral
ARTICULO 39. Requisitos para obtener la Pensión de Invalidez. Tendrán derecho a la pensión de invalidez, los afiliados que conforme a lo dispuesto en el artículo anterior sean declarados inválidos y cumplan alguno de los siguientes requisitos: a) Que el afiliado se encuentre cotizando al régimen y hubiere cotizado por lo menos 26 semanas, al momento de producirse el estado de invalidez; b) Que habiendo dejado de cotizar al sistema, hubiere efectuado aportes durante por lo menos 26 semanas del ano inmediatamente anterior al momento en que se produzca el estado de invalidez.
ARTICULO 40. Monto de la Pensión de Invalidez. El monto mensual de la pensión de invalidez será equivalente a: a) El 45 % del ingreso base de liquidación, más el 1.5 % de dicho ingreso por cada 50 semanas de cotización que el afiliado tuviese acreditadas con posterioridad a las primeras 500 semanas de cotización, cuando la disminución en su capacidad laboral sea igual o superior al 50 % e inferior al 66 %; b) El 54 % del ingreso base de liquidación, más el 2 % de dicho ingreso por cada 50 semanas de cotización que el afiliado tuviese acreditadas con posterioridad a las primeras 800 semanas de cotización, cuando la disminución en su capacidad laboral es igual o superior al 66 %. La pensión por invalidez no podrá ser superior al 75 % del ingreso base de liquidación. En ningún caso la pensión de invalidez podrá ser inferior al salario mínimo legal mensual. La pensión de invalidez se reconocerá a solicitud de parte interesada y comenzará a pagarse, en forma retroactiva, desde la fecha en que se produzca tal estado.
ARTICULO 41. Calificación del Estado de Invalidez. El estado de invalidez será determinado de conformidad con lo dispuesto en los artículos siguientes y con base en el manual único para la calificación de la invalidez, expedido por el Gobierno Nacional, que deberá contemplar los criterios técnicos de evaluación, para calificar la imposibilidad que tenga el afectado para desempeñar su trabajo por pérdida de la capacidad laboral.
ARTICULO 42. Juntas Regionales de Calificación de Invalidez. En las capitales de departamento y en aquellas ciudades en las cuales el volumen de afiliados así lo requiera, se conformará una comisión interdisciplinaria que calificará en primera instancia la invalidez y determinará su origen. .
ARTICULO 43. Junta Nacional de Calificación de Invalidez. Créase la Junta Nacional para la Calificación de los Riesgos de Invalidez con sede en la capital de la República, integrada por un número impar de miembros designados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Esta Junta, que será interdisciplinaria, tiene a su cargo la resolución de las controversias que en segunda instancia sean sometidas para su decisión por las juntas regionales o seccionales respectivas. Los honorarios de los miembros de la Junta serán pagados, en todo caso por la entidad de previsión o seguridad social correspondiente. El Gobierno Nacional reglamentará la integración, financiación y funcionamiento de la Junta Nacional de Calificación de Invalidez, de su secretaria técnica y de las juntas regionales o seccionales, el procedimiento de apelación, el manual único para la calificación de la invalidez y demás normas necesarias para su adecuado funcionamiento. PARAGRAFO. Los miembros de la Junta Nacional y los de las Juntas Regionales de Calificación de Invalidez de que trata el artículo anterior, no tienen el carácter de servidores públicos
.ARTICULO 44. Revisión de las Pensiones de Invalidez. El estado de invalidez podrá revisarse: a) Por solicitud de la entidad de previsión o seguridad social correspondiente cada tres (3) años, con el fin de ratificar, modificar o dejar sin efectos el dictamen que sirvió de base para la liquidación de la pensión que disfruta su beneficiario y proceder a la extinción, disminución o aumento de la misma, si a ello hubiere lugar.

ARTICULO 45. Indemnización Sustitutiva de la Pensión de Invalidez. El afiliado que al momento de invalidarse no hubiere reunido los requisitos exigidos para la pensión de invalidez, tendrá derecho a recibir, en sustitución, una indemnización equivalente a la que le hubiere correspondido en el caso de la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, prevista en el artículo 37 de la presente Ley.CAPITULO IVPENSION DE SOBREVIVIENTES
ARTICULO 46. Requisitos para obtener la Pensión de Sobrevivientes. Tendrán derecho a la pensión de sobrevivientes: 1. Los miembros del grupo familiar del pensionado por vejez, o invalidez por riesgo común, que fallezca, y 2. Los miembros del grupo familiar del afiliado que fallezca, siempre que éste hubiere cumplido alguno de los siguientes requisitos: a) Que el afiliado se encuentre cotizando al sistema y hubiere cotizado por lo menos veintiséis (26) semanas al momento de la muerte;
ARTICULO 47. Beneficiarios de la Pensión de Sobrevivientes. Son beneficiarios de la pensión de sobrevivientes:
ARTÍCULO 48. Monto de la Pensión de Sobrevivientes. El monto mensual de la pensión de sobrevivientes por muerte del pensionado será igual al 100 % de la pensión que aquél disfrutaba. El monto mensual de la pensión total de sobrevivientes por muerte del afiliado será igual al 45 % del ingreso base de liquidación más 2 % de dicho ingreso por cada cincuenta (50) semanas adicionales de cotización a las primeras quinientas (500) semanas de cotización, sin que exceda el 75 % del ingreso base de liquidación.
ARTICULO 49. Indemnización Sustitutiva de la Pensión de Sobrevivientes. Los miembros del grupo familiar del afiliado que al momento de su muerte no hubiese reunido los requisitos exigidos para la pensión de sobrevivientes, tendrán derecho a recibir, en sustitución, una indemnización equivalente a la que le hubiera correspondido en el caso de la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, prevista en el artículo 37 de la presente Ley.CAPITULO VPRESTACIONES ADICIONALES
ARTICULO 50. Mesada adicional. Los pensionados por vejez o jubilación, invalidez y sustitución o sobrevivencia continuarán recibiendo cada año, junto con la mesada del mes de noviembre, en la primera quincena del mes de diciembre, el valor correspondiente a una mensualidad adicional a su pensión.
ARTICULO 51. Auxilio Funerario. La persona que compruebe haber sufragado los gastos de entierro de un afiliado o pensionado, tendrá derecho a percibir un auxilio onerario equivalente al último salario base de cotización, o al valor correspondiente a la última mesada pensionar recibida, según sea el caso, sin que este auxilio pueda ser inferior a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, ni superior a diez (10) veces dicho salario.CAPITULO VIADMINISTRADORAS DEL REGIMEN SOLIDARIO DE PRIMA MEDIA CON PRESTACION DEFINIDAA
RTICULO 52. Entidades administradoras. El régimen solidario de prima media con prestación definida será administrado por el Instituto de Seguros Sociales. Las cajas, fondos o entidades de seguridad social existentes, del sector público o privado, administrarán este régimen respecto de sus afiliados y mientras dichas entidades subsistan, sin perjuicio de que aquéllos se acojan a cualquiera de los regímenes pensiónales previstos en esta Ley.
ARTICULO 53. Fiscalización e Investigación. Las entidades administradoras del régimen solidario de prestación definida tienen amplias facultades de fiscalización e investigación sobre el empleador o agente retenedor de las cotizaciones al régimen para asegurar el efectivo cumplimiento de la presente Ley. Para el efecto podrán:
ARTÍCULO 54. Inversión y rentabilidad de las reservas de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) y Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional (ATEP). La inversión de las reservas de IVM y ATEP del ISS y del Fondo de Pensiones Públicas del nivel nacional, se manejaran, mediante contrato de fiducia con las entidades del sector financiero especializado en este servicio o en títulos de la nación donde se busque obtener la rentabilidad mínima de que trata el artículo 101 de la presente Ley.
ARTICULO 55. Exoneración de intereses. Los empleadores que a 31 de julio de 1993 adeudaban sumas al ISS por concepto de aportes o cotizaciones a los seguros de Enfermedad General y Maternidad y accidente de trabajo y Enfermedad Profesional, quedarán exonerados de los intereses moratorios y de la sanción por mora correspondientes a tales deudas, así como de las sanciones por mora correspondientes al capital adeudado por los Seguros de Invalidez, Vejez y Muerte, siempre y cuando cancelen la deuda dentro de los 4 meses siguientes a la vigencia de la presente Ley.
ARTICULO 56. Castigo de Cartera. El Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales podrá castigar aquella cartera de dudoso recaudo cuando ésta tenga un atraso superior a 24 meses, utilizando para el efecto criterios similares a los que rigen en el sistema bancario. En ningún caso el castigo de cartera implicará la condonación de la deuda.
ARTICULO 57. Cobro Coactivo. De conformidad con el artículo 79 del Código Contencioso Administrativo y el artículo 112 de la Ley 6a. de 1992, las entidades administradoras del Régimen de Prima Media con prestación definida podrán establecer el cobro coactivo, para hacer efectivos sus créditos.
ARTICULO 58. Publicidad. Las entidades administradoras del régimen solidario de prestación definida podrán adelantar programas de publicidad, comunicación y promoción de sus actividades conforme, en lo pertinente, a la reglamentación que para el efecto expida la Superintendencia Bancaria. Tal publicidad solamente podrá contratarse con cargo al presupuesto de gastos administrativos de la entidad. TITULO IIIREGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL CON SOLIDARIDAD CAPITULO INORMAS GENERALES
ARTICULO 59. Concepto. El Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad es el conjunto de entidades, normas y procedimientos, mediante los cuales se administran los recursos privados y públicos destinados a pagar las pensiones y prestaciones que deban reconocerse a sus afiliados, de acuerdo con lo previsto en este Título. Este régimen está basado en el ahorro proveniente de las cotizaciones y sus respectivos rendimientos financieros, la solidaridad a través de garantías de pensión mínima y aportes al Fondo de Solidaridad, y propende por la competencia entre las diferentes entidades administradoras del sector privado, sector público y sector social solidario, que libremente escojan los afiliados.
ARTICULO 60. Características. El Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad tendrá las siguientes características: a) Los afiliados al régimen tendrán derecho al reconocimiento y pago de las pensiones de vejez, de invalidez y de sobrevivientes, así como de las indemnizaciones contenidas en este Título, cuya cuantía dependerá de los aportes de los afiliados y empleadores, sus rendimientos financieros, y de los subsidios del Estado, cuando a ellos hubiere lugar.Las cuentas de ahorro personal, serán administradas por las entidades que se autoricen para tal efecto, sujetas a la vigilancia y control del Estado. Tienen a su exclusivo cargo las pensiones de sus trabajadores y trasladen la parte proporcional del cálculo actuarial correspondiente;
ARTICULO 61. Personas excluidas del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad. Están excluidos del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad: a) Los pensionados por invalidez por el Instituto Seguros Sociales o por cualquier fondo, caja o entidad del sector público;
ARTICULO 62. Cotizaciones Voluntarias. Los afiliados al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad podrán cotizar, periódica u ocasionalmente, valores superiores a los límites mínimos establecidos como cotización obligatoria, con el fin de incrementar los saldos de sus cuentas individuales de ahorro pensiona, para optar por una pensión mayor o un retiro anticipado.
ARTICULO 63. Cuentas Individuales de Ahorro Pensionar. Las cotizaciones obligatorias y voluntarias se abonarán a la cuenta individual de ahorro pensiona del afiliado Cada afiliado sólo podrá tener una cuenta. Las administradoras deberán enviar a sus afiliados, por lo menos trimestralmente, un extracto que registre las sumas depositadas, sus rendimientos y saldos, así como el monto de las comisiones cobradas y de las primas pagadas.CAPITULO IIPENSION DE VEJEZ
ARTICULO 64. Requisitos para obtener la pensión de Vejez. Los afiliados al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, tendrán derecho a una pensión de vejez, a la edad que escojan, siempre y cuando el capital acumulado en su cuenta de ahorro individual les permita obtener una pensión mensual, superior al 110 % del salario mínimo legal mensual vigente a la fecha de expedición de esta Ley, reajustado anualmente según la variación porcentual del Índice de Precios al Consumidor certificado por el DANE. Para el cálculo de dicho monto se tendrá en cuenta el valor del bono pensionar, cuando a éste hubiere lugar
.ARTICULO 65. Garantía de Pensión Mínima de Vejez. Los afiliados que a los 62 anos de edad si son hombres y 57 si son mujeres, no hayan alcanzado a generar la pensión mínima de que trata el artículo 35 de la presente Ley, y hubiesen cotizado por lo menos 1.150 semanas, tendrán derecho a que el Gobierno Nacional, en desarrollo del principio de solidaridad, les complete la parte que haga falta para obtener dicha pensión. PARAGRAFO. Para efectos del cómputo de las semanas a que se refiere el presente artículo se tendrá en cuenta lo previsto en los parágrafos del artículo 33 de la presente Ley.
ARTICULO 66. Devolución de Saldos. Quienes a las edades previstas en el artículo anterior no hayan cotizado el número mínimo de semanas exigidas, y no hayan acumulado el capital necesario para financiar una pensión por lo menos igual al salario mínimo, tendrán derecho a la devolución del capital acumulado en su cuenta de ahorro
ARTÍCULO 67. Exigibilidad de los Bonos Pensiónales. Los afiliados que tengan derecho a recibir bonos pensiónales, sólo podrán hacer efectivos dichos bonos, a partir de la fecha en la cual cumplan las edades para acceso a la pensión, previstas en el artículo 65 de la presente Ley.
ARTICULO 68. Financiación de la Pensión de Vejez. Las pensiones de vejez se financiarán con los recursos de las cuentas de ahorro pensional, con el valor de los bonos pensionales cuando a ello hubiere lugar, y con el aporte de la Nación en los casos en que se cumplan los requisitos correspondientes para la garantía de pensión mínima.CAPITULO IIIPENSION DE INVALIDEZ POR RIESGO COMUN
ARTICULO 69. Pensión de invalidez. El estado de invalidez, los requisitos para obtener la pensión de invalidez, el monto y el sistema de su calificación en el régimen de ahorro individual con solidaridad, se regirá por las disposiciones contenidas en los artículos. 38, 39, 40 y 41 de la presente Ley.
ARTICULO 70. Financiación de la Pensión de Invalidez. Las pensiones de invalidez se financiarán con la cuenta individual de ahorro pensional del afiliado, el bono pensional si a éste hubiere lugar, y la suma adicional que sea necesaria para completar el capital que financie el monto de la pensión. La suma adicional estará a cargo de la aseguradora con la cual se haya contratado el seguro de invalidez y de sobrevivientes.El monto acumulado en las cuentas individuales de ahorro pensional, en virtud de cotizaciones voluntarias, no hará parte del capital para financiar las pensiones de invalidez, salvo que así lo disponga el afiliado, o cuando ello sea necesario para acceder a la pensión mínima de invalidez. El pensionado por invalidez podrá disponer del monto de las cotizaciones voluntarias no utilizado.Cuando de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la presente Ley se determine la cesación del estado de invalidez, la compañía de seguros deberá reintegrar a la cuenta individual de ahorro pensional, el saldo no utilizado de la reserva para pensiones, en la parte que corresponda a capital más los rendimientos de la cuenta de ahorro individual y al bono pensional.En los eventos de que trata el inciso anterior, los afiliados tendrán derecho a que el Estado les habilite como semanas cotizadas aquellas durante las cuales gozaron de la respectiva pensión. Esta habilitación del número de semanas será aplicable sólo cuando el Estado deba pagar garantía de pensión mínima.PARAGRAFO. El afiliado podrá contratar la pensión de invalidez con una aseguradora distinta de la que haya pagado la suma adicional a que se refiere el inciso primero de este artículo.
ARTICULO 71. Garantía Estatal de Pensión Mínima de Invalidez. En desarrollo del principio de solidaridad, el Estado garantizará los recursos necesarios para que los afiliados al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, tengan acceso a una pensión mínima de invalidez, cuyomonto mensual será equivalente al salario mínimo legal mensual conforme a lo establecido en el artículo 35 de la presente Ley.La garantía estatal de pensión mínima operará de conformidad con lo previsto en los artículos 83 y 84 de esta Ley.
ARTICULO 72. Devolución de Saldos por Invalidez. Cuando el afiliado se invalide sin cumplir con los requisitos para acceder a una pensión de invalidez, se le entregará la totalidad del saldo abonado en su cuenta individual de ahorro pensional, incluidos los rendimientos financieros y adicionado con el valor del bono pensional si a ello hubiere lugar.No obstante, el afiliado podrá mantener un saldo en la cuenta individual de ahorro pensional y cotizar para constituir el capital necesario para acceder a una pensión de vejez.CAPITULO IVPENSION DE SOBREVIVIENTES
ARTICULO 73. Requisitos y monto. Los requisitos para obtener la pensión de sobrevivientes en el régimen de capitalización individual con solidaridad así como su monto, se regirán por las disposiciones contenidas en los artículos 46 y 48, de la presente Ley.
ARTICULO 74. Beneficiarios de la Pensión de Sobrevivientes. Son beneficiarios de la pensión de sobrevivientes:a) En forma vitalicia, el cónyuge o la compañera o compañero permanente supérstite.En caso de que la pensión de sobrevivencia se cause por muerte del pensionado, el cónyuge o la compañera o compañero permanente supérstite, deberá acreditar que estuvo haciendo vida marital con el causante por lo menos desde el momento en que éste cumplió con los requisitos para tener derecho a una pensión de vejez o invalidez, hasta su muerte y haya convivido con el fallecido no menos de dos (2) años continuos con anterioridad a su muerte, salvo que haya procreado uno o más hijos con el pensionado fallecido.b) Los hijos menores de 18 años; los hijos mayores de 18 años y hasta los 25 años, incapacitados para trabajar por razón de sus estudios y si dependían económicamente del causante al momento de su muerte: y los hijos inválidos si dependían económicamente del causante, mientras subsistan las condiciones de invalidez;c) A falta de cónyuge, compañero o compañera permanente e hijos con derecho, serán beneficiarios los padres del causante si dependían económicamente de éste
.ARTICULO 75. Garantía Estatal de Pensión Mínima de Sobrevivientes. En desarrollo del principio de solidaridad, el Estado garantiza el complemento para que los sobrevivientes tengan acceso a una pensión mínima de sobrevivientes, cuyo monto mensual será equivalente al 100 % del salario mínimo legal mensual conforme a lo establecido en el artículo 35 de la presente Ley.
ARTICULO 76. Inexistencia de Beneficiarios. En caso de que a la muerte del afiliado o pensionado, no hubiere beneficiarios de la pensión de sobrevivientes, las sumas acumuladas en la cuenta individual de ahorro pensional, harán parte de la masa sucesoral de bienes del causante.En caso de que no haya causahabientes hasta el 5o. orden hereditario, la suma acumulada en la cuenta individual de ahorro pensional se destinará al Fondo de Solidaridad Pensional de que trata la presente Ley.
ARTICULO 77. Financiación de las Pensiones de Sobrevivientes.1. La pensión de sobrevivientes originada por la muerte del afiliado, se financiará con los recursos de la cuenta individual de ahorro pensional generados por cotizaciones obligatorias, el bono pensional si a ello hubiere lugar, y con la suma adicional que sea necesaria para completar el capital que financie el monto de la pensión. Dicha suma adicional estará a cargo de la aseguradora.El monto acumulado en las cuentas individuales de ahorro pensional, en razón de cotizaciones voluntarias, no integrará el capital para financiar las pensiones de sobrevivientes generadas por muerte de un afiliado, salvo cuando ello sea necesario para acceder a la pensión mínima de sobrevivientes. Dicho monto podrá utilizarse para incrementar el valor de la pensión, si el afiliado así lo hubiere estipulado o los beneficiarios lo acuerdan. En caso contrario hará parte de la masa sucesoral del causante.2. Las pensiones de sobrevivientes causadas por la muerte de un pensionado se financian con los recursos previstos para el pago de la pensión de vejez o invalidez, según el caso, que estuviese recibiendo el causante al momento de su fallecimiento.Cuando la pensión de sobrevivientes sea generada por muerte de un pensionado acogido a la modalidad de retiro programado o retiro programado con renta vitalicia diferida, el exceso del saldo de la cuenta individual de ahorro pensional sobre el capital necesario para financiar la pensión de sobrevivientes, podrá utilizarse para incrementar el valor de la pensión, si el afiliado así lo hubiere estipulado o los beneficiarios lo acuerdan. En caso contrario hará parte de la masa sucesoral del causante.PARAGRAFO. Los sobrevivientes del afiliado podrán contratar la pensión de sobrevivientes con una aseguradora distinta de la que haya pagado la suma adicional a que se refiere el inciso primero de este artículo.
ARTICULO 78. Devolución de Saldos. Cuando el afiliado fallezca sin cumplir con los requisitos para causar una pensión de sobrevivientes, se les entregará a sus beneficiarios la totalidad del saldo abonado en su cuenta individual de ahorro pensional, incluidos los rendimientos, y el valor del bono pensional si a éste hubiere lugar.CAPITULO VMODALIDADES DE PENSION
ARTICULO 79. Modalidades de las Pensiones de Vejez, de Invalidez y de Sobrevivientes. Las pensiones de vejez, de invalidez y de sobrevivientes, podrán adoptar una de las siguientes modalidades, a elección del afiliado o de los beneficiarios, según el caso:a) Renta vitalicia inmediata;b) Retiro programado;c) Retiro programado con renta vitalicia diferida, od) Las demás que autorice la Superintendencia Bancaria.
ARTICULO 80. Renta vitalicia inmediata. La renta vitalicia inmediata, es la modalidad de pensión mediante la cual el afiliado o beneficiario contrata directa e irrevocablemente con la aseguradora de su elección, el pago de una renta mensual hasta su fallecimiento y el pago de pensiones de sobrevivientes en favor de sus beneficiarios por el tiempo a que ellos tengan derecho. Dichas rentas y pensiones deben ser uniformes en términos de poder adquisitivoconstante y no pueden ser contratadas por valores inferiores a la pensión mínima vigente del momento.La administradora a la que hubiere estado cotizando el afiliado al momento de cumplir con las condiciones para la obtención de una pensión, será la encargada de efectuar, a nombre del pensionado, los trámites o reclamaciones que se requieran, ante la respectiva aseguradora.
ARTICULO 81. Retiro Programado. El retiro programado es la modalidad de pensión en la cual el afiliado o los beneficiarios obtienen su pensión de la sociedad administradora, con cargo a su cuenta individual de ahorro pensional y al bono pensional a que hubiera lugar.Para estos efectos, se calcula cada año una anualidad en unidades de valor constante, igual al resultado de dividir el saldo de su cuenta de ahorro y bono pensional, por el capital necesario para financiar una unidad de renta vitalicia para el afiliado y sus beneficiarios. La pensión mensual corresponderá a la doceava parte de dicha anualidad.El saldo de la cuenta de ahorro pensional, mientras el afiliado disfruta de una pensión por retiro programado, no podrá ser inferior al capital requerido para financiar al afiliado y sus beneficiarios una renta vitalicia de un salario mínimo legal mensual vigente.Lo dispuesto en el inciso anterior, no será aplicable cuando el capital ahorrado más el bono pensional si hubiere lugar a él, conduzcan a una pensión inferior a la mínima, y el afiliado no tenga acceso a la garantía estatal de pensión mínima.Cuando no hubiere beneficiarios, los saldos que queden en la cuenta de ahorro al fallecer un afiliado que esté disfrutando una pensión por retiro programado, acrecentarán la masa sucesoral. Si no hubiere causahabientes, dichas sumas se destinarán al financiamiento de la garantía estatal de pensión mínima.
ARTICULO 82. Retiro Programado con Renta Vitalicia Diferida. El retiro programado con renta vitalicia diferida, es la modalidad de pensión por la cual un afiliado contrata con la aseguradora de su elección, una renta vitalicia con el fin de recibir pagos mensuales a partir de una fecha determinada, reteniendo en su cuenta individual de ahorro pensional, los fondos suficientes para obtener de la administradora un retiro programado, durante el período que medie entre la fecha e que ejerce la opción por esta modalidad y la fecha en que la renta vitalicia diferida comience a ser pagada por la aseguradora. La renta vitalicia diferida contratada tampoco podrá en este caso, ser inferior a la pensión mínima de vejez vigente.CAPITULO VICARACTERISTICAS GENERALES DE LAS PENSIONES MINIMAS
ARTICULO 83. Pago de la garantía. Para las personas que tienen acceso a las garantías estatales de pensión mínima, tales garantías se pagarán a partir del momento en el cual la anualidad resultante del cálculo de retiro programado sea inferior a doce veces la pensión mínima vigente, o cuando la renta vitalicia a contratar con el capital disponible, sea inferior a la pensión mínima vigente.La administradora o la compañía de seguros que tenga a su cargo las pensiones, cualquiera sea la modalidad de pensión, será la encargada de efectuar, a nombre del pensionado, los trámites necesarios para que se hagan efectivas las garantías de pensión mínima.
ARTICULO 84. Excepción a la Garantía de Pensión Mínima. Cuando la suma de las pensiones, rentas y remuneraciones que recibe el afiliado o los beneficiarios, según el caso, sea superior a lo que le correspondería como pensión mínima, no habrá lugar a la garantía estatal de pensión mínima.CAPITULO VIIPRESTACIONES Y BENEFICIOS ADICIONALES
ARTICULO 85. Excedentes de Libre Disponibilidad. Será de libre disponibilidad, desde el momento en que el afiliado opte por contratar una pensión, el saldo de la cuenta individual de ahorro pensional, mas el bono pensional, si a ello hubiere lugar, que exceda del capital requerido para que el afiliado convenga una pensión que cumpla con los siguientes requisitos:a) Que la renta vitalicia inmediata o diferida contratada, o el monto del retiro programado, sea mayor o igual al 70 % del ingreso base de liquidación, y no podrá exceder de quince (15) veces la pensión mínima vigente en la fecha respectiva;b) Que la renta vitalicia inmediata, o el monto del retiro programado, sea mayor o igual al ciento diez por ciento (110 %) de la pensión mínima legal vigente.
ARTICULO 86. Auxilio Funerario. La persona que compruebe haber sufragado los gastos de entierro de un afiliado o pensionado, tendrá derecho a percibir un auxilio funerario equivalente al último salario base de cotización, o al valor correspondiente a la última mesada pensional recibida, según sea el caso, sin que pueda ser inferior a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, ni superior a diez (10) veces dicho salario.El auxilio deberá ser cubierto por la respectiva administradora o aseguradora, según corresponda.Las administradoras podrán repetir contra la entidad que haya otorgado el seguro de sobrevivientes respectivo, en el cual se incluirá el cubrimiento de este auxilio.La misma acción tendrán las compañías de seguros que hayan pagado el auxilio de que trata el presente artículo y cuyo pago no les corresponda por estar amparado este evento por otra póliza diferente.
ARTICULO 87. Planes Alternativos de Capitalización y de Pensiones. Los afiliados al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad podrán optar por planes alternativos de capitalización, que sean autorizados por la Superintendencia Bancaria. Los capitales resultantes del plan básico y de dichas alternativas de capitalización, podrán estar ligados a planes alternativos de pensiones que sean autorizados por la misma Superintendencia.El ejercicio de las opciones de que trata este artículo, está sujeto a que los afiliados hayan cumplido metas mínimas de capitalización. Los planes aprobados deberán permitir la movilidad entre planes, administradoras y aseguradoras, y deben separar los patrimonios y cuentas correspondientes a capitalización y seguros, en la forma que disponga la Superintendencia Bancaria. El Gobierno Nacional señalará los casos en los cuales el ingreso a planes alternativos implica la renuncia del afiliado a garantías de rentabilidad mínima o de pensión mínima.PARAGRAFO. Lo dispuesto en el presente artículo no exime al afiliado ni al empleador, del pago de las cotizaciones previstas en la presente Ley.
ARTICULO 88. De otros Planes Alternativos de Pensiones. Las sociedades administradoras de fondos de pensiones, podrán invertir en contratos de seguros de vida individuales con beneficios definidos y ajustados por inflación, las cantidades que permitan asegurar un monto de jubilación no menor al monto de la pensión mínima establecida por la Ley.Las mencionadas pólizas de seguros de vida, deberán cubrir los riesgos de invalidez y sobrevivencia y serán adquiridas con cargo a la cuenta de ahorro individual de la cual se invertirá el porcentaje necesario que garantice por lo menos la pensión mínima arriba mencionada.El Gobierno Nacional reglamentará el porcentaje máximo del portafolio que podrán invertir los fondos de pensiones en estos tipos de pólizas.
ARTICULO 89. Garantía de Crédito y Adquisición de Vivienda. El afiliado que haya acumulado en su cuenta individual de ahorro pensional el capital requerido para financiar una pensión superior al 110 % de la pensión mínima de vejez, podrá emplear el exceso de dicho capital ahorrado, como garantía de créditos de vivienda y educación, de acuerdo con la reglamentación que para tal efecto se expida.CAPITULO VIIIADMINISTRADORAS DEL REGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL CON SOLIDARIDAD
ARTICULO 90. Entidades Administradoras. Los fondos de pensiones del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad serán administrados por las sociedades administradoras de fondos de pensiones, cuya creación se autoriza.Las sociedades que de conformidad con lo establecido en las disposiciones legales vigentes administren fondos de cesantía, están facultadas para administrar simultáneamente fondos de pensiones, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Ley.Las entidades de derecho público del sector central o descentralizado, de cualquier nivel territorial, podrán promover la creación o ser socias de sociedades administradoras de Fondos de Pensiones.También podrán promover la constitución o ser socias de las sociedades administradoras de fondos de pensiones las entidades del sector social solidario, tales como cooperativas, organizaciones sindicales, fondos mutuos de inversión, bancos cooperativos, fondos de empleados y las cajas de compensación familiar.Las Cajas de Compensación Familiar directamente o a través de instituciones de economía solidaria podrán promover la creación, ser socias o propietarias de sociedades administradoras de fondos de pensiones y/o cesantía, en los términos de la Ley. A efectos de lograr la democratización de la propiedad, las cajas de compensación familiar deberán ofrecer a sus trabajadores afiliados en término no mayor a 5 años la titularidad de por lo menos el 25 % de las acciones que posean en las respectivas administradoras, conforme a los reglamentos. El plazo de 5 años se contará a partir de la constitución de la sociedad administradora.Las cajas de compensación familiar podrán destinar recursos de sus excedentes para el pago de los aportes a las sociedades administradoras.Las compañías de seguros podrán ser socias de las entidades a que se refiere el presente artículo, pero sólo podrán participar directamente en el régimen de Ahorro Individual con Solidaridad mediante los planes de seguros que se adopten en esta Ley.
ARTICULO 91. Requisitos de las Entidades Administradoras. Además de los requisitos establecidos en la Ley 45 de 1990 para las sociedades de servicios financieros, las sociedades administradoras de fondos de pensiones, deberán cumplir con los siguientes requisitos especiales:a) Constituirse bajo la forma de sociedades anónimas, o de instituciones solidarias;b) Disponer de un patrimonio igual al cincuenta por ciento (50 %) exigido para la constitución de una corporación financiera, el cual respaldará exclusivamente el desarrollo del negocio de administración de fondos de pensiones.El patrimonio asignado a la administración de los fondos de pensiones previsto en esta Ley, podrá estar representado en las inversiones que al efecto se autoricen, y no será computable para el cumplimiento de los requisitos patrimoniales que tenga la respectiva sociedad para el desarrollo de sus demás negocios. Del mismo, deberá llevarse contabilidad en forma separada, de conformidad con lo que sobre el particular establezca la Superintendencia Bancaria.c. Desde el momento de su constitución y por el término de 5 años deberán ofrecer públicamente acciones, para que las entidades del sector social solidario a que se refiere el inciso cuarto del artículo anterior, puedan llegar a suscribir mínimo el 20 % de su capital social.Los afiliados y pensionados del régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, de conformidad con los reglamentos, podrán ser socios de las sociedades administradoras y dicha participación será tenida en cuenta para efectos del cómputo del porcentaje referido en el inciso anterior.Los porcentajes de participación que tanto el sector social solidario, como los afiliados y pensionados adquieran en la propiedad de la respectiva administradora, de conformidad con lo previsto en este literal, serán abonables o imputables a las obligaciones de oferta pública de venta de participaciones que impongan las normas de democratización, aplicables a las sociedades administradoras de fondos de pensiones y a las de pensiones y cesantía. De la misma manera se abonará el valor de las acciones que se hayan vendido por oferta pública en desarrollo de la Ley 50 de 1990 y demás normas complementarías, hasta completar el porcentaje establecido en el presente artículo sobre el total del capital exigido por la presente Ley;d) Disponer de capacidad humana y técnica especializada suficiente, para cumplir adecuadamente con la administración apropiada de los recursos confiados, de acuerdo con la naturaleza del plan de pensiones ofrecido.PARAGRAFO. Las administradoras podrán ser autorizadas para constituir y administrar simultáneamente varios planes de capitalización o de pensiones dentro del régimen, siempre y cuando acrediten ante la Superintendencia Bancaria la capacidad administrativa necesaria para el efecto.
ARTICULO 92. Monto Máximo de Capital. Con el fin de evitar la concentración económica, las sociedades que administren fondos de pensiones no podrán tener un capital superior a 10 veces el monto mínimo establecido.Este limite podrá ser modificado por el Gobierno Nacional de acuerdo con la evolución del régimen.
ARTICULO 93. Fomento para la Participación en el Capital Social de las Administradoras de Fondos de Pensiones. El Gobierno Nacional, con cargo a los recursos del presupuesto nacional, establecerá dentro de los 6 meses siguientes a la iniciación de la vigencia de esta Ley los mecanismos de financiación necesarios para que las entidades a que se refiere el inciso cuarto del artículo 90 de la presente Ley, puedan completar los recursos que les permitan participar en el capital social de las entidades administradoras del régimen de Ahorro Individual con Solidaridad.El Gobierno Nacional, para fijar el monto del estimulo, tendrá en cuenta la necesidad de apoyo financiero de cada entidad y la capacidad de pago para responder por el mismo.
ARTICULO 94. Niveles de Patrimonio. El Gobierno Nacional fijará la forma en la cual se garantice que las administradoras y aseguradoras mantengan niveles adecuados de patrimonio, de acuerdo a los distintos riesgos asociados a su actividad.En todo caso, el nivel de activos manejados por una administradora no podrá exceder en más de 40 veces su patrimonio técnico.
ARTICULO 95. Aprobación de los Planes de Pensiones. Las entidades autorizadas para actuar como administradoras o aseguradoras del sistema, deberán someter a la aprobación de la Superintendencia Bancaria los planes de capitalización y de pensiones que pretendan administrar.
ARTICULO 96. Requisitos para la Aprobación de los Planes de Pensiones. Todo plan de pensiones que sea sometido a consideración de la Superintendencia Bancaria para su aprobación, deberá amparar a los afiliados y pensionados contra todos los riesgos a que hace referencia esta Ley, y señalar las condiciones específicas de cada amparo. Los planes aprobados no podrán modificarse posteriormente desmejorando cualquiera de las condiciones establecidas anteriormente.
ARTICULO 97. Fondos de Pensiones como Patrimonios Autónomos. Los fondos de pensiones, conformados por el conjunto de las cuentas individuales de ahorro pensional y los que resulten de los planes alternativos de capitalización o de pensiones, así como los intereses, dividendos o cualquier otro ingreso generado por los activos que los integren, constituyen patrimonios autónomos, propiedad de los afiliados, independientes del patrimonio de la administradora.La contabilidad de los mismos, se sujetará a las reglas que para el efecto expida la Superintendencia Bancaria.
ARTICULO 98. Participación de los Afiliados en el Control de las Sociedades Administradoras. Los afiliados y accionistas de las sociedades administradoras de fondos de pensiones elegirán el revisor fiscal para el control de la administración del respectivo fondo. Además, los afiliados tendrán 2 representantes elegidos por ellos mismos, para que asistan a todas las juntas directivas de la sociedad administradora, con voz y sin voto, quienes con el revisor fiscal velaran por los intereses de los afiliados de acuerdo con la reglamentación que para tal fin expida el Gobierno Nacional.PARAGRAFO. Las sociedades que administren fondos de pensiones y de cesantía tendrán en total dos (2) representantes de los afiliados.
ARTICULO 99. Garantías. Las administradoras y aseguradoras, incluidas las de planes alternativos de pensiones, deberán constituir y mantener adecuadas garantías, para responder por el correcto manejo de las inversiones representativas de los recursos administrados en desarrollo de los planes de capitalización y de pensiones.Las administradoras deberán contar con la garantía del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, con cargo a sus propios recursos, para asegurar el reembolso del saldo de las cuentas individuales de ahorro pensional, en caso de disolución o liquidación de la respectiva administradora, sin sobrepasar respecto de cada afiliado el ciento por ciento (100 %) de lo correspondiente a cotizaciones obligatorias, incluidos sus respectivos intereses y rendimientos, y de 150 salarios mínimos legales mensuales correspondientes a cotizaciones voluntarias. Las garantías en ningún caso podrán ser inferiores a las establecidas por la Superintendencia Bancaria para las instituciones del régimen financiero.
ARTICULO 100. Inversión de los Recursos. Con el fin de garantizar la seguridad, rentabilidad y liquidez de los recursos del sistema, las administradoras los invertirán en las condiciones y con sujeción a los limites que para el efecto establezca el Gobierno a través de la Superintendencia Bancaria, previo concepto, que no será vinculante, de una comisión del Consejo Nacional Laboral o el organismo que haga sus veces.En cualquier caso, las inversiones en Títulos de Deuda Pública no podrán ser superiores al 50 % del valor de los recursos de los fondos de pensiones, y dichos títulos deberán cubrir la desvalorización monetaria y permitir el pago de intereses reales que reflejen la tasa del mercado financiero, certificada por la Superintendencia Bancaria para períodos trimestrales.La Superintendencia de Valores deberá definir los requisitos que deban acreditar las personas jurídicas que sean destinatarias de inversiones o colocación de recursos de los fondos de pensiones.Cuando la Superintendencia de Valores autorice la colocación de recursos en el mercado de capitales o en títulos valores diferentes a los documentos oficiales de deuda pública, deberá exigir a los destinatarios, que cumplan con las normas destinadas a contener fenómenos de concentración de propiedad e ingresos.El Gobierno podrá reglamentar las transacciones diferentes a la suscripción de títulos primarios, para que se efectúen por intermedio de las bolsas de valores.Las administradoras de fondos de pensiones y cesantía de cualquier naturaleza podrán descontar actas y cartera en las condiciones y en la proporción que fije el Gobierno Nacional, para que en todo caso la inversión sea de máxima seguridad.
ARTICULO 101. Rentabilidad Mínima. La totalidad de los rendimientos obtenidos en el manejo de los fondos de pensiones será abonado en las cuentas de ahorro pensional individual de los afiliados, a prorrata de las sumas acumuladas en cada una de ellas y de la permanencia de las mismas durante el respectivo período.Las sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantías deberán garantizar a sus afiliados de unos y otros una rentabilidad mínima, que será determinada por el Gobierno Nacional, teniendo en cuenta rendimientos en papeles e inversiones representativas del mercado que sean comparables. Esta metodología deberá buscar que la rentabilidad mínima del portafolio invertido en títulos de deuda no sea inferior a la tasa de mercado definida, teniendo en cuenta el rendimiento de los títulos emitidos por la Nación y el Banco de la República. Además deberá promover una racional y amplia distribución de los portafolios en papeles e inversiones de largo plazo y equilibrar los sistemas remuneratorios de pensiones y cesantía.En aquellos casos en los cuales no se alcance la rentabilidad mínima, las sociedades administradoras deberán responder con sus propios recursos, afectando inicialmente la reserva de estabilización de rendimientos que se defina para estas sociedades.
ARTICULO 102. Rentabilidad Mínima en caso de Liquidación, Fusión o Cesión de la Administradora o por Retiro del Afiliado. En caso de liquidación, cesión o fusión de una administradora, los recursos que formen parte de la cuenta especial de que tratan los artículos anteriores, se abonarán en las cuentas individuales de ahorro pensional de sus afiliados.Así mismo, en caso de retiro definitivo de un afiliado, por traslado a otra administradora o porque contrate con una entidad aseguradora el pago de una pensión, se le deberá reconocer la rentabilidad mínima exigida, mediante el pago inmediato de las cuantías que de la cuenta especial de estabilización resulten proporcionalmente a su favor.
ARTICULO 103. Publicación de Rentabilidad. Las administradoras deberán publicar la rentabilidad obtenida en los planes de capitalización y de pensiones ofrecidos, en la forma y con la periodicidad que para el efecto determine la Superintendencia Bancaria.
ARTICULO 104. Comisiones. Las administradoras cobrarán a sus afiliados una comisión de administración cuyos montos máximos y condiciones serán fijados por la Superintendencia Bancaria, dentro de los limites consagrados en el artículo 20 de esta Ley.El Gobierno reglamentará las comisiones de administración por el manejo de las cotizaciones voluntarias
.ARTICULO 105. Contratos con Establecimientos de Crédito. Las administradoras podrán celebrar contratos con instituciones financieras u otras entidades, con cargo a sus propiosrecursos, con el objeto de que éstos se encarguen de las operaciones de recaudo, pago y transferencia de los recursos manejados por las primeras, en las condiciones que se determinen, con el fin de que dichas operaciones puedan ser realizadas en todo el territorio nacional.
ARTICULO 106. Publicidad. Toda publicidad o promoción de las actividades de las administradoras deberá sujetarse a las normas que sobre el particular determine la Superintendencia Bancaria, en orden a velar porque aquélla sea veraz y precisa; tal publicidad solamente podrá contratarse con cargo al presupuesto de gastos administrativos de la entidad.En todo caso, todas las administradoras deberán publicar, con la periodicidad y en la forma que al efecto determine la misma Superintendencia, el costo de las primas que sean pagadas por concepto de seguros y el valor de las comisiones cobradas.El gobierno eliminará privilegios provenientes de grupos con capacidad de control de medios masivos, y en su caso impedir que sean los beneficiarios quienes directa o indirectamente absorban costos de publicidad.
ARTICULO 107. Cambio de Plan de Capitalización o de Pensiones y de Entidades Administradoras. Todo afiliado al régimen y que no haya adquirido la calidad de pensionado, podrá transferir voluntariamente el valor de su cuenta individual de ahorro pensional a otro plan de capitalización o de pensiones autorizado, o trasladarse a otra entidad administradora.Los cambios autorizados en el inciso anterior no podrán exceder de una vez en el semestre respectivo, previa solicitud presentada por el interesado con no menos de 30 días calendario de anticipación.
ARTICULO 108. Seguros de Participación. Los seguros que contraten las administradoras para efectuar los aportes adicionales necesarios para financiar las pensiones de invalidez y sobrevivientes deberán ser colectivos y de participación.La contratación de dichos seguros deberá efectuarse utilizando procedimientos autorizados por la Superintendencia Bancaria que aseguren la libre concurrencia de oferentes.Así mismo las aseguradoras que asuman cualquier tipo de rentas vitalicias adoptarán para ello la modalidad de seguros de participación en beneficio de los pensionados.
ARTICULO 109. Garantía Estatal a las Pensiones Contratadas con Aseguradoras. Sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones a cargo de los reaseguradores, la Nación garantizará el pago de las pensiones en caso de menoscabo patrimonial o suspensiones de pago de la compañía aseguradora responsable de su cancelación de acuerdo con la reglamentación que para tal efecto sea expedida. Para este efecto, el Gobierno Nacional podrá permitir el acceso de la compañía aseguradora a la garantía del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras. En este caso, la compañía aseguradora asumirá el costo respectivo.PARAGRAFO. En todos los eventos en los que exista defraudación o malos manejos por parte de los administradores de los fondos de pensiones o de las aseguradoras, para eludir sus obligaciones con los ahorradores, deberán responder penalmente por sus actos. Para estos efectos, los aportes de los ahorradores se asimilarán al carácter de dineros del tesoro público.
ARTICULO 110. Vigilancia y Control. Corresponderá a la Superintendencia Bancaria el control y vigilancia de las entidades administradoras de los planes de capitalización y de pensiones a que se refiere esta Ley.
ARTICULO 111. Sanciones a las Administradoras. Sin perjuicio de la aplicación de las demás sanciones que puede imponer la Superintendencia en desarrollo de sus facultades legales, cuando las administradoras incurran en defectos respecto de los niveles adecuados de patrimonio exigidos, la Superintendencia Bancaria impondrá, por cada incumplimiento, unamulta en favor del Fondo de Solidaridad Pensional por el equivalente al tres punto cinco por ciento (3.5 %) del valor del defecto mensual, sin exceder, respecto de cada incumplimiento, del uno punto cinco por ciento (1.5 %) del monto requerido para dar cumplimiento a tal relación.Así mismo, cuando el monto correspondiente a la Reserva de Estabilización sea inferior al mínimo establecido, la Superintendencia Bancaria impondrá una multa en favor del Fondo de Solidaridad Pensional por el equivalente al 3.5 % del valor del defecto mensual presentado por la respectiva administradora.En adición a lo previsto en los incisos anteriores, la Superintendencia Bancaria impartirá todas las órdenes que resulten pertinentes para el inmediato restablecimiento de los niveles adecuados de patrimonio o de la Reserva de Estabilización, según corresponda.
ARTICULO 112. Obligación de Aceptar a todos los afiliados que lo Soliciten. Las personas que cumplan los requisitos para ser afiliados al régimen de Ahorro Individual con Solidaridad no podrán ser rechazados por las entidades administradoras del mismo.TITULO IVDISPOSICIONES COMUNES A LOS REGIMENES DEL SISTEMA GENERAL DE PENSIONESCAPITULO ITRASLADO ENTRE REGIMENES - BONOS PENSIONALES
ARTICULO 113. Traslado de régimen. Cuando los afiliados al sistema en desarrollo de la presente Ley se trasladen de un régimen a otro se aplicarán las siguientes reglas:a) Si el traslado se produce del régimen de Prestación Definida al de Ahorro Individual con Solidaridad, habrá lugar al reconocimiento de bonos pensionales en los términos previstos por los artículos siguientes;b) Si el traslado se produce del régimen de Ahorro Individual con Solidaridad al régimen de Prestación Definida, se transferirá a este último el saldo de la cuenta individual, incluidos los rendimientos, que se acreditará en términos de semanas cotizadas, de acuerdo con el salario base de cotización.
ARTICULO 114. Requisito para el traslado de régimen. Los trabajadores y servidores públicos que en virtud de lo previsto en la presente Ley se trasladen por primera vez del régimen de prima media con prestación definida al régimen de ahorro individual con solidaridad, deberán presentar a la respectiva entidad administradora comunicación escrita en la que conste que la selección de dicho régimen se ha tomado de manera libre, espontánea y sin presiones.Este mismo requisito es obligatorio para los trabajadores vinculados con los empleadores hasta el 31 de diciembre de 1990 y que decidan trasladarse al régimen especial de cesantía previsto en la Ley 50 de 1990, para lo cual se requerirá que adicionalmente dicha comunicación sea rendida ante notario público, o en su defecto ante la primera autoridad política del lugar.
ARTICULO 115. Bonos pensionales. Los bonos pensionales constituyen aportes destinados a contribuir a la conformación del capital necesario para financiar las pensiones de los afiliados al Sistema General de Pensiones.Tendrán derecho a bono pensional los afiliados que con anterioridad a su ingreso al régimen de ahorro individual con solidaridad cumplan alguno de los siguientes requisitos:a) Que hubiesen efectuado cotizaciones al Instituto de Seguros Sociales, o a las cajas o fondos de previsión del sector público;b) Que hubiesen estado vinculados al Estado o a sus entidades descentralizadas como servidores públicos;c) Que estén vinculados mediante contrato de trabajo con empresas que tienen a su cargo el reconocimiento y pago de las pensiones;d) Que hubiesen estado afiliados a cajas previsionales del sector privado que tuvieren a su cargo exclusivo el reconocimiento y pago de pensiones.PARAGRAFO. Los afiliados de que trata el literal a) del presente artículo que al momento del traslado hubiesen cotizado menos de 150 semanas no tendrán derecho a bono.
ARTICULO 116. Características. Los bonos pensionales tendrán las siguientes características:a) Se expresarán en pesos;b) Serán nominativos;c) Serán endosables en favor de las entidades administradoras o aseguradoras, con destino al pago de pensiones;d) Entre el momento de la afiliación del trabajador y el de redención del bono, devengarán, a cargo del respectivo emisor, un interés equivalente a la tasa DTF, sobre saldos capitalizados, que establezca el Gobierno, ye) Las demás que determine el Gobierno Nacional.
ARTICULO 117. Valor de los Bonos Pensionales. Para determinar el valor de los bonos, se establecerá una pensión de vejez de referencia para cada afiliado, que se calculará así:a) Se calcula el salario que el afiliado tendría a los sesenta (60) años si es mujer o sesenta y dos (62) si es hombre, como el resultado de multiplicar la base de cotización del afiliado a 30 de junio de 1992, o en su defecto, el último salario devengado antes de dicha fecha si para la misma se encontrase cesante, actualizado a la fecha de su ingreso al Sistema según la variación porcentual del índice de precios al consumidor del DANE, por la relación que exista entre el salario medio nacional a los sesenta (60) años si es mujer o sesenta y dos (62) si es hombre, y el salario medio nacional a la edad que hubiere tenido el afiliado en dicha fecha. Dichos salarios medios nacionales serán establecidos por el DANE:b) El resultado obtenido en el literal anterior, se multiplica por el porcentaje que resulte de sumar los siguientes porcentajes:Cuarenta y cinco por ciento, más un 3 % por cada año que exceda de los primeros 10 años de cotización, empleo o servicio público, más otro 3 % por cada año que faltaré para alcanzar la edad de sesenta (60) años si es mujer o sesenta y dos (62) si es hombre, contado desde el momento de su vinculación al sistema.La pensión de referencia así calculada, no podrá exceder el 90 % del salario que tendría el afiliado al momento de tener acceso a la pensión, ni de 15 salarios mínimos legales mensuales.Una vez determinada la pensión de referencia, los bonos pensionales se expedirán por un valor equivalente al que el afiliado hubiera debido acumular en una cuenta de ahorro, durante el período que haya efectuado cotizaciones al Instituto de Seguros Sociales, o haya sido servidor publico o haya estado empleado en una empresa que deba asumir el pago de pensiones, hasta el momento de ingreso al sistema de ahorro, para que a ese ritmo de acumulación, hubiera completado el capital necesario para financiar una pensión de vejez y para sobrevivientes, a los62 años si son hombres y 60 años si son mujeres por un monto igual a la pensión de referencia.En todo caso, el valor nominal del bono no podrá ser inferior a las sumas aportadas obligatoriamente para la futura pensión con anterioridad a la fecha en la cual se afilie al régimen de Ahorro Individual con Solidaridad.El Gobierno establecerá la metodología, procedimiento y plazos para la expedición de los bonos pensionales.PARAGRAFO 1. El porcentaje del 90 % a que se refiere el inciso quinto, será del 75 % en el caso de las empresas que hayan asumido el reconocimiento de pensiones a favor de sus trabajadores.PARAGRAFO 2. Cuando el bono a emitir corresponda a un afiliado que no provenga inmediatamente del Instituto de Seguros Sociales, ni de caja o fondo de previsión del sector público, ni de empresa que tuviese a su cargo exclusivo el pago de pensiones de sus trabajadores, el cálculo del salario que tendría a los 62 años si son hombres y 60 años si son mujeres, parte de la última base de cotización sobre la cual haya cotizado o del último salario que haya devengado en una de dichas entidades, actualizado a la fecha de ingreso al Sistema, según la variación porcentual del índice de precios al consumidor del DANE.PARAGRAFO 3. Para las personas que ingresen por primera vez a la fuerza laboral con posterioridad al 30 de junio de 1992, el bono pensional se calculará como el valor de las cotizaciones efectuadas más los rendimientos obtenidos hasta la fecha de traslado.
ARTICULO 118. Clases. Los bonos pensionales serán de tres clases:a) Bonos pensionales expedidos por la Nación;b) Bonos pensionales expedidos por las Cajas, Fondos o entidades del sector público que no sean sustituidas por el Fondo de Pensiones Públicas del nivel nacional a que se refiere el Capítulo III del presente Titulo, y cuya denominación genérica de bono pensional se complementará con el nombre de la caja, fondo o entidad emisora;c) Bonos pensionales expedidos por empresas privadas o públicas, o por cajas pensionales del sector privado que hayan asumido exclusivamente a su cargo el reconocimiento y pago de pensiones y cuya denominación genérica de bono pensional se complementará con el nombre de entidad emisora.
ARTICULO 119. Emisor y Contribuyentes. Los bonos pensionales serán expedidos por la última entidad pagadora de pensiones a la cual haya pertenecido el afiliado antes de entrar al régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, siempre y cuando el tiempo de cotización o de servicios, continuo o discontinuo, haya sido igual o mayor a cinco (5) años.Cuando el tiempo de cotización o de servicios en la última entidad pagadora de pensiones, sea inferior a cinco (5) años, el bono pensional será expedido por la entidad pagadora de pensiones, en la cual el afiliado haya efectuado el mayor número de aportes o haya cumplido el mayor tiempo de servicioEn los casos señalados en el artículo 121 de la presente Ley, la Nación expedirá los bonos a cargo de tales entidades.
ARTICULO 120. Contribuciones a los Bonos Pensionales. Las entidades pagadoras de pensiones a las cuales hubiere estado afiliado o empleado el beneficiario del bono pensional, tendrán la obligación de contribuir a la entidad emisora del bono pensional, con la cuota parte correspondiente.El factor de la cuota parte será igual al tiempo aportado o servido en cada entidad, dividido por el tiempo total de cotizaciones y servicios reconocido para el cálculo del bono.